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Esta emergencia decretaba impuestos a los licores, sobretasas al sector financiero y ajustes en el impuesto al patrimonio a personas naturales
La Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto 1390 de 2025, con el que el Gobierno dio luz verde a la emergencia económica en diciembre del año pasado. La votación del alto tribunal fue de 6 a 2, con salvamento parcial de voto de los magistrados Héctor Carvajal Londoño y Vladimir Fernández Andrade.
La legalidad de esa emergencia económica estaba en vilo desde el 29 de enero, cuando el alto tribunal suspendió provisionalmente sus efectos, así como los de los demás decretos expedidos bajo esa figura, luego de que seis de ocho magistrados respaldaron la ponencia que el magistrado Carlos Camargo radicó para tumbar la medida.
Con esta emergencia económica, el Gobierno pretendía recaudar cerca de $11 billones mediante un paquete de medidas tributarias.
Sin embargo, cabe recordar que el presidente Gustavo Petro señaló que este mismo articulado sería presentado ante el Congreso como ley de financiamiento con mensaje de urgencia y que, en caso de no ser aprobado, decretaría una nueva emergencia económica.
Este contemplaba, entre otros puntos, el aumento de la tarifa del IVA de 5% a 19% para licores, vinos, aperitivos y similares, así como un incremento en el impuesto al consumo sobre estos productos, con un componente específico de $750 por grado de alcohol y otro de 30% ad valorem sobre el precio de venta al público.

En el caso de los cigarrillos, el decreto establecía un impuesto especial de $11.200 por cajetilla de 20 unidades. Además, gravaba a los vapeadores y cigarrillos electrónicos con una tarifa de $2.000 por mililitro de líquido, más un 30% adicional sobre el precio de venta al público.
En cuanto al impuesto al patrimonio para personas naturales, se establecía una tarifa progresiva de entre 0,5% y 5% para quienes, con corte al 1 de enero de 2026, tuvieran un patrimonio líquido igual o superior a $2.094 millones.
Sumado a esto, y en el marco de la emergencia económica de diciembre, el Ejecutivo también reglamentaba un impuesto al consumo de 19% sobre bienes de lujo como yates, barcos, aeronaves y motocicletas de alto cilindraje.
Asimismo, introducía cambios en los tributos para el comercio digital al eliminar la exención de IVA para importaciones de bajo costo de hasta US$200 y reducir ese límite a US$50, y modificaba la tarifa de IVA para apuestas en línea, fijándola en 19% sobre los ingresos reales.
El sector financiero tampoco quedaba por fuera, ya que el Gobierno le imponía una sobretasa de 15 puntos adicionales en el impuesto de renta, elevando su tarifa total a 50%.
Por su parte, para el sector minero energético, los decretos incorporaban tres medidas: primero, un nuevo impuesto de 1% a la primera venta o exportación de petróleo y carbón; segundo, una contribución parafiscal de 2,5% sobre la base gravable, es decir, la utilidad antes de impuestos de 2025, destinada al fondo empresarial de la Superservicios; y tercero, la creación de un aporte en especie correspondiente a 12% de la energía vendida en la bolsa del Mercado de Energía Mayorista.
La calificadora prevé que tomará tiempo llevar la inflación al rango meta del Banco de la República y que el déficit fiscal bajará solo con un crecimiento moderado
La urea también ha sido testigo de un alza de precios en los dos últimos años, pues pasaron de costar US$320 por tonelada a US$679
Las carteras de Educación, Salud y Trabajo serían las que tendrían mayores asignaciones de recursos, con $89,4 billones, $79 billones y $57,5 billones cada una