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Según informó la Secretaría del Hábitat, hasta el próximo 21 de enero tendrán plazo las personas naturales y jurídicas dedicadas al arriendo y administración de viviendas en Bogotá de presentar un informe sobre el desarrollo de su actividad.
Los declarantes deben enviar a la Subsecretaría de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda, de la Secretaría del Hábitat, la relación de sus inmuebles que tienen destinados a vivienda urbana.
La secretaria María Mercedes Maldonado indicó que el incumplimiento de esta norma puede acarrear sanciones y multas, que están entre 1 y 100 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
“Bogotá tiene 3.766 matriculas de arrendador inscritas, de las cuales 1.648 están activas y vigiladas por la Secretaría Distrital del Hábitat, con el fin de prevenir, mantener y preservar el derecho a la vivienda digna, al patrimonio y al orden público”, dijo la secretaria del Hábitat.
Con cuatro votos a favor, el Emisor acordó mantener en 9,25% los tipos, este porcentaje lo revisarán en enero del año que viene, cuando estiman que podría aumentar
En Colombia, la UVT se utiliza principalmente para calcular impuestos, sanciones y otros tributos que deben pagar personas naturales y jurídicas
Se establece que el impuesto "se genera por la posesión del mismo al 1 de enero de 2026, cuyo valor sea igual o superior a 40.000 UVT ($1.991 millones)"