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Según el concepto favoriable del Consejo Nacional de Política Económica y Social (Conpes), esta decisión se toma "para garantizar el servicio de energía en la región". Además, resaltó que "dados los limitados recursos del Fondo Empresarial en el corto plazo, se hace necesario recurrir al apoyo del Gobierno Nacional para el otorgamiento de una garantía soberana, para que, mediante el Fondo Empresarial, se cuente con los recursos necesarios para garantizar la prestación del servicio de energía”.
El decreto 1924 reseña que los recursos provendrán, entre otros, de los recursos de los excedentes de la Superintendencia de Servicios Públicos
Domiciliarios, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico y la Creg; El producto de las multas que imponga, la Superinterdencia de Servicios Públicos Domiciliarios y Los rendimientos que genere el Fondo Empresarial.
El documento está firmado por el ministro de Hacienda, Mauricio Cárdenas.
Con cuatro votos a favor, el Emisor acordó mantener en 9,25% los tipos, este porcentaje lo revisarán en enero del año que viene, cuando estiman que podría aumentar
En Colombia, la UVT se utiliza principalmente para calcular impuestos, sanciones y otros tributos que deben pagar personas naturales y jurídicas
Se establece que el impuesto "se genera por la posesión del mismo al 1 de enero de 2026, cuyo valor sea igual o superior a 40.000 UVT ($1.991 millones)"