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ANALISTAS 13/06/2025

Neutralidad de la red

Advanced Research Projects Agency Network Arpanet, fue la red pionera que sentó las bases de lo que hoy conocemos como Internet. Este proyecto fue desarrollado por el Departamento de Defensa de Estados Unidos en plena guerra fría. La prioridad era tener canales de comunicación seguros para evitar interceptación de comunicaciones militares. Arpanet se construyó en 1969 logrando además de los despachos militares conectar instituciones académicas, oficinas de investigación y varias entidades estatales. Inicialmente se intercambiaban datos y recursos clasificados. Curiosamente el diseño de esa red no contemplaba la neutralidad como concepto fundamental.

A comienzos del siglo XXI comenzó en Estados Unidos el debate sobre la neutralidad de la red. En espacios académicos había una preocupación de que los proveedores de servicios de Internet ISP pudieran bloquear o priorizar ciertos contenidos. La neutralidad es un principio que determina que todo el tráfico de Internet tiene que ser gestionado de igual manera. Con la neutralidad se pretende asegurar que haya una total apertura de Internet y que, por tanto, los operadores ISP, no pueden determinar cuáles servicios van a tener una prioridad o discriminación. En el caso colombiano por medio de la ley 1450 de 2011 y posterior Resolución CRC 3502 de 2011, se delinearon los principios de libre elección de los usuarios, no discriminación de contenidos, transparencia y gestión de tráfico. El único tráfico bloqueado por ISP colombianos es la pornografía infantil.

Recientemente un flash informativo de la Corte Constitucional informó de la derogatoria de uno de los artículos del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, el numeral 1 del artículo 56 de la Ley 1450 de 2011. El artículo fue demandado por una organización de “ciudadanos preocupados” que consideran que ahí se desconoce el principio de neutralidad de la red y por lo mismo afecta la libertad de expresión y el pluralismo informativo. La Corte derogó la expresión “Los prestadores del servicio de Internet podrán hacer ofertas según las necesidades de los segmentos de mercado o de sus usuarios de acuerdo con sus perfiles de uso y consumo, lo cual no se entenderá como discriminación”.

Como la Corte no ha publicado el fallo, no conocemos el real alcance. Lo único que se sabe es que se dará hasta un año para que los operadores ajusten sus planes. La CRC será la encargada de regular esta nueva realidad, en donde claramente los usuarios finales terminarán perjudicados, especialmente los del segmento prepago.

Según estudio reciente de la CRC las ofertas “Zero Rating” han sido consideradas beneficiosas al permitir mayor control de gasto y no perder conectividad de forma completa ante el agotamiento de recursos de un plan. Las ofertas de planes y paquetes móviles incluyen frecuentemente acceso a aplicaciones como Facebook, Whatsapp, Twitter, Instagram, Tiktok y Waze, sin que se consuman los datos del plan o paquete contratado. Ojalá la Corte en el fallo definitivo explique cómo se va a beneficiar el usuario final, ya que los operadores perfectamente pueden decidir eliminar del todo los paquetes. Ojalá se fijen especialmente en el segmento prepago, en donde los usuarios terminarían recargando muchas más veces de lo que sucede hoy.

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