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Analistas 11/11/2023

Revolución judicial

Gustavo Moreno Montalvo
Consultor independiente

Los principios que fundamentan la actividad judicial son producto de experiencias de muchos siglos. En esencia, la tarea es decidir si la conducta de los humanos atiende lo establecido en las leyes. El conjunto de normas vigente debe aportar los elementos necesarios para interpretar los hechos. Las personas a cargo de la tarea deben, a su vez, tener la formación necesaria para llevarla a cabo; no se puede limitar a conocer las normas y los pronunciamientos que conforman la jurisprudencia: deben tener formación amplia, con ilustración en artes y ciencias. Su tarea debe ser vocación vitalicia: solo así se puede mitigar el riesgo de que los pronunciamientos estén vinculados con expectativas profesionales. Deben además ser modelos de discreción y buena conducta, para dar firmeza moral a sus providencias. Tienen la tarea de escribir con claridad y precisión, y exigirlas de los abogados con los que interactúan en el desarrollo de sus labores.

En general, los sistemas judiciales del mundo no cumplen con las condiciones necesarias para la adecuada ejecución de la tarea. En el caso colombiano, la designación de los magistrados de la Corte Constitucional por el Senado da cariz político al cargo. De otra parte, el proceso para producir candidatos involucra a quienes serán sus subordinados en materia jurisprudencial, la llamada Corte Suprema, que se pronuncia sobre asuntos civiles y comerciales, laborales y penales, y el Consejo de Estado, que lo hace sobre la legalidad de los actos administrativos.

En general, los jueces muestran poca inclinación a evitar que sus prejuicios impregnen sus actuaciones y escasa preparación más allá de su ámbito funcional. Tampoco tienen herramientas adecuadas ni espacio para el cultivo intelectual. Todo ello reduce la probabilidad de decisiones oportunas y acertadas, sobre todo en las primeras instancias, decisivas en la tarea de allegar el acervo probatorio.

La tradición judicial se construyó en un mundo diferente del actual. Las grandes transiciones del siglo 20 - multiplicación por cuatro de la población, supresión del analfabetismo, urbanización creciente e integración de toda la humanidad a un sistema de comunicación comprensivo - obligan a revisar cómo se juzga la conducta.

La inversión requerida es colosal pero el beneficio para la sociedad será enorme, casi incalculable. El primer paso es mejorar la formación del legislador, a quien corresponde la tarea normativa: no hay justicia sin legislador idóneo. En segundo lugar, es preciso crear un sistema educativo permanente para toda la rama judicial, con eventual exclusión de quien no evidencie destrezas necesarias. Lo tercero es proveer las herramientas que la tecnología ofrece para organizar información, analizarla y juzgar. El cuarto elemento es usar sistemas modernos de gestión de personal, y construir una cultura de veneración por la justicia como propósito. Será preciso diseñar mecanismos de transición para quienes no resulten idóneos, por capacidades o por no tener disposición al compromiso vital con la justicia como propósito superior: ellos también obtendrán beneficios del proceso revolucionario para construir justicia, y podrán ser mejores ciudadanos y profesionales.

La tarea de construir un sistema judicial idóneo compromete a toda la sociedad. Es, además, oportunidad para pensar cómo debe ser la vida en comunidad.

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