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El pasado 23 de julio la Corte Internacional de Justicia, CIJ, emitió una opinión consultiva decisiva para el futuro de los sistemas biológicos que soporta la tierra, donde declara al cambio climático como un “riesgo universal existencial” causado inequívocamente por la actividad humana.
La génesis de la opinión se remonta al 29 de marzo de 2023, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó la Resolución 77/276, solicitando una opinión consultiva sobre las obligaciones de los Estados en relación con el cambio climático. La CIJ recibió declaraciones escritas hasta mediados de 2024 de 74 Estados y 12 organizaciones internacionales, y las audiencias públicas se dieron entre el 2 y el 13 de diciembre de 2024, y participaron 89 Estados y 10 organizaciones internacionales.
El pronunciamiento deja claro que los Estados tienen el “deber” de prevenir el cambio climático. Esto implica prevenir daños significativos al medio ambiente actuando con la debida diligencia y utilizando todos los medios a su alcance para impedir que las actividades bajo su jurisdicción o control causen “daños significativos” al sistema climático y otras partes del medio ambiente. Pero no solo es un deber individual, la Corte precisa que los Estados tienen el deber de cooperar “de buena fe” para prevenir esos daños.
Indica además, sin ambages, que estos deberes derivan de obligaciones internacionales, y señala no solo los tratados multilaterales, sino también el derecho internacional consuetudinario, lo que significa que son aplicables a todos los Estados, sean o no partes de los convenios internacionales.
También dictaminó que la “falta de certeza científica absoluta no debe usarse como pretexto” para la inacción, al punto que el incumplimiento de estas obligaciones constituye un hecho que requiere que el Estado responsable cese sus acciones ilícitas, proporcione garantías de no repetición y repare íntegramente a los Estados lesionados.
Las opiniones de la CIJ, aunque no son vinculantes por tratarse del órgano que tiene mayor autoridad y legitimidad para interpretar del derecho internacional, gozan de la mayor respetabilidad en la comunidad e impactan de manera significativa las relaciones internacionales.
Esta opinión -resaltada por el Secretario General de la ONU, António Guterres-, es en particular relevante para los Pequeños Estados Insulares en Desarrollo, Sids, que son los especialmente afectados y vulnerables a los efectos del cambio climático debido a sus circunstancias geográficas y su nivel de desarrollo, tanto que 39 están situados en algunas de las regiones del mundo más propensas a catástrofes naturales, la subida del nivel del mar y la fragilidad medioambiental.
Como los Sids carecen de suficientes recursos para hacer frente a los desastres naturales y enfrentan altos costos de importación y exportación, escasez de recursos naturales, alta densidad de población, elevado endeudamiento y acceso limitado a préstamos, hicieron un plan de acción destinado a aumentar la resiliencia en el camino hacia los Objetivos de Desarrollo Sostenible de 2030.
De esta manera, la opinión de la CIJ traza la dirección de la responsabilidad legal y moral de los Estados y los Sids -por la urgencia y necesidad que enfrentan- deberían ser la prueba piloto de una acción global coordinada de justicia climática y financiera.
El primer daño es el tránsito de la búsqueda genuina de la verdad hacia la imposición de la posverdad, donde los hechos dejan de importar y son reemplazados por narrativas conveniente