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Analistas 24/04/2024

“Cañando”

Lisandro Junco
Socio Junco & Saldarriaga Abogados

Esta expresión, muy colombiana, se usa cuando alguien ostenta de lo que no tiene para obtener algo a favor. Pues eso es lo que está haciendo Colombia ante organismos de crédito internacional, exhibiendo un plan financiero absolutamente desfinanciado. Uno de los ítems que no existen es el de los “$10 billones” que provienen del Proyecto de Ley de arbitraje o litigio tributario, aduanero y cambiario. Una muy buena idea como ésta ya tiene una lápida encima, por la cifra que “sacan” del sombrero, sin ni siquiera explicar cómo se va a dar.

Según el Gobierno, hay litigios por más de $30 billones. En estos procesos judiciales, lo primero que hay que tener en cuenta, es que la demandada es la Dian, no el contribuyente. Ahora bien, de los $30 billones, que son cerca de 7.400 procesos, aproximadamente 94% de los pleitos corresponde a procesos de discusión con un contribuyente o usuario aduanero y cambiario, y para rematar, solo 32% son procesos superiores a 400 salarios mínimos, que serían susceptibles de discusión en un centro de arbitraje.

Si eliminamos de la discusión el recaudo inexistente, el proyecto de ley es bueno para el país y allí debemos apoyar al Ministro de Justicia y al Ministro de Hacienda en la discusión que se plantea dar ante el congreso, para la adición en el estatuto de arbitraje, que permitan que ésta idea innovadora, necesaria y justa, sirva como un mecanismo alternativo de solución de conflictos con la Dian.

Es una propuesta complementaria al sistema judicial, que beneficiará a nuestros jueces, descongestionando la administración de justicia y que cumple a cabalidad con el principio constitucional de eficacia y procura el bien común de todos los empresarios. De materializarse, Colombia generaría mayor confianza inversionista, lo cual nos haría más atractivos y competitivos para la inversión extranjera, porque contaríamos con un sistema eficiente, con la alternativa del arbitraje en temas tributarios, aduaneros y cambiarios; seríamos el primer país en Latinoamérica, con este mecanismo funcionando. Otro argumento positivo es el tiempo: los procesos arbitrales en otras áreas del derecho terminan en menos de un año, contrastado con los ocho años que puede durar una discusión en el proceso judicial convencional.

Este es un cambio realmente estructural, en donde no existe limitación por inconstitucionalidad o ilegalidad, del cual Colombia puede beneficiarse, ofertando a los ciudadanos la posibilidad de dirimir las controversias que se presente frente a los actos que emite la Dian, y que sean terceros con las más altas calidades profesionales y morales quienes determinen la legalidad de los actos administrativos.

Ésta propuesta podría ser extensiva a las discusiones con las autoridades tributarias territoriales y que permitirían garantizar a los ciudadanos y empresarios defenderse frente a tributos que en muchos municipios y departamentos carecen de legalidad.

Este proyecto de ley es bueno y es posible mejorarlo, debemos dejar de lado las ideas tradicionales sobre temas jurídicos, el mundo sigue cambiando y el estado de derecho debe abrirse a que particulares puedan transitoriamente administrar justicia, resolviendo controversias, sin que se ponga en la mitad de la justicia arbitral el dinero que podría recaudarse como lo quieren quienes “cañan” con las finanzas del país.

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