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Cambios tributarios del Presupuesto: impuestos a Temu y a los capitales en el exterior

lunes, 1 de septiembre de 2025

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Foto: Bloomberg
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Una de las novedades del proyecto es que contiene modificaciones tributarias, cuya mayoría habían sido anunciadas por Oddone previamente

El Observador - Montevideo

Al filo del plazo, el ministro de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone, entregó este domingo a la Asamblea General el proyecto de Presupuesto quinquenal elaborado por la administración de Yamandú Orsi.

La iniciativa cuenta con 714 artículos y es la pieza fundamental de la gestión del gobierno ya que contiene los objetivos que fueron comprometidos en campaña electoral.

Su debate concentrará el trabajo del Parlamento de acá a fin de año y comenzará formalmente el martes cuando sea recibido por la Cámara de Diputados donde el Frente Amplio no tiene mayoría (cuenta con 48 votos de 99) por lo que en el gobierno descuentan que tendrán que hacer concesiones para aprobarlo.

Una de las novedades del proyecto es que contiene modificaciones tributarias, cuya mayoría habían sido anunciadas por Oddone previamente. Grosso modo tras una primera lectura rápida, los cambios son: Creación del Impuesto Mínimo Complementario Doméstico a las multinacionales que facturan más de US$750 millones anuales; se elimina la exoneración a ciertas distribuciones de dividendos y utilidades que las empresas uruguayas realizan a sus accionistas o socios no residentes; más inversiones en el exterior deberán pagar IRPF; norma “antiabuso” para ventas que se materialicen como transferencias indirectas trasnacionales de activos; deducciones en el IRPF para contribuyentes que adopten menores; cambios en los regímenes de franquicias.

Los cambios

En la exposición de motivos del proyecto, el gobierno señala que los cambios en el sistema tributario adaptan la estructura de Uruguay a “tendencias globales en la materia” y “corrigen inconsistencias técnicas”.

El documento agrupa en dos grandes categorías las modificaciones.

En primer lugar, se proponen ajustes que tienen como propósito localizar el pago de impuestos en Uruguay que “se están pagando en el exterior”.

“En este sentido, el propósito de esta iniciativa no es aumentar los impuestos para los contribuyentes alcanzados por la norma, sino simplemente localizar en Uruguay la recaudación de tributos que actualmente se pagan en el exterior. En esta primera categoría se ubica el Impuesto Mínimo Complementario Doméstico y las modificaciones en el tratamiento tributario aplicable a la distribución de dividendos y utilidades que las empresas uruguayas realizan a sus accionistas o socios no residentes”, menciona.

En segundo lugar, el Poder Ejecutivo señala que hay “ajustes técnicos” orientados a otorgar “mayor equidad horizontal sobre impuestos existentes”.

En esta segunda categoría se incluyen “modificaciones que permiten gravar ciertos rendimientos y ganancias de capital derivadas de activos situados en el exterior, la inclusión de una norma antiabuso para el caso de ventas que se materialicen como transferencias indirectas trasnacionales de activos, deducciones en el Irpf para contribuyentes que adopten menores de edad y cambios en los regímenes de envíos expresos”.

Las franquicias y TEMU

En el proyecto, el gobierno oficializó la decisión de realizar modificaciones a las compras mediante plataformas extranjeras. El régimen de franquicias pasará de tener un máximo de US$ 600 (en tres envíos) a uno de US$800 que podrá ser entre uno y tres envíos.

Además del aumento en el monto, la novedad es que a los productos se les cobrará un IVA de 22%. Con esto se busca que la competencia con la plataforma china Temu, responsable de un incremento sustancial en utilización del régimen de franquicias, sea menos desigual.

Los cambios están incluidos desde el artículo 619 del proyecto.

Tal como había adelantado Oddone, en el 620 se establece que si hay “acuerdos comerciales internacionales que contengan disposiciones específicas en materia de envíos postales internacionales, dichos envíos quedarán sujetos a los términos y condiciones dispuestos en el referido instrumento”.

Esto, en criollo y según entiende el equipo económico, permitirá no gravar con IVA a los productos que vienen de Estados Unidos debido a que está vigente el TIFA.

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