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“A través de la Resolución 0130 de 2016 el organismo de control le ordenó además a la mencionada sociedad abstenerse de adelantar en Colombia la actividad de intermediación de reaseguros para entidades aseguradoras del exterior”, señaló la Superfinanciera
Y resaltó que la actividad de intermediación de reaseguros sólo puede ser ejercida en el territorio nacional por las corredoras de reaseguros previa autorización del Estado a través de la Superintendencia Financiera de Colombia, o las sociedades corredoras de reaseguros del exterior que estén inscritas en el Reacoex, en las condiciones que establece la normatividad vigente.
La Superfinanciera realizó su rendición de cuentas de 2025, en la que destacó que cerca de 434 personas fueron víctimas estos negocios fraudulentos
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