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Sin embargo, el documento publicado resalta que hay algunos fraudes que son responsabilidad del usuario y no de las entidades
En una sentencia, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia señaló que cada entidad bancaria debe responder por los fraudes que sufran sus clientes, ya que estas compañías tienen la obligación de velar por el dinero de sus usuarios.
Esto quiere decir que las entidades deberán responder cuando un tercero se haga pasar por el titular de la cuenta, debido a que el banco debe verificar la identidad del usuario, para aceptar la transacción que se solicita.
#SalaCivil establece las reglas de responsabilidad objetiva de las entidades bancarias ante la sustracción fraudulenta de dineros depositados por sus clientes. Ver SC5176-2020 en https://t.co/6Sq5zT0Ssq pic.twitter.com/V5DihWdZjV
— Corte Suprema de Justicia (@CorteSupremaJ) January 31, 2021
De acuerdo con información publicado por RCN Radio, el alto tribunal señaló que el banco no puede excusarse diciendo que obró diligentemente después del fraude: "(...) la institución financiera no puede exonerarse del deber de indemnizar con la simple prueba de haber obrado de manera diligente".
Pese a reiterar la anterior decisión, la Corte Suprema de Justicia detalló que hay algunos fraudes que son responsabilidad del usuario y no del banco. Por ejemplo, cuando un cliente pierde la tarjeta débito y tiene anotada la clave en el plástico, la entidad bancaria no tendrá la obligación de responder, siempre y cuando el retiro se efectúe en un cajero automático.
"Para llegar a estas conclusiones, la Sala de Casación civil se basó en fallos anteriores que hablan sobre la responsabilidad de las entidades financieras respecto al dinero de sus clientes: "(...) las entidades bancarias, como profesionales del sector económico, tienen una carga especial de diligencia y prudencia tendientes a evitar daños suyos, a los ahorradores y a la comunidad"", destacó RCN Radio.
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