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FINANZAS

Fenalco no quiere afiliar a las compraventas

sábado, 4 de marzo de 2017
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Noelia Cigüenza Riaño

Aunque la mayor parte de las 7.000 compraventas que se reparten por todo el país cumplen con los requisitos de su actividad regulada en el Código Civil, solo 17,1% del total se encuentra afiliada a la asociación gremial nacional, Fenacoven, lo que subraya la informalidad de este sector. 

Ello, junto con las incautaciones de elementos de ilegal procedencia por parte de las autoridades en los últimos años, han estigmatizado a la mayoría de estos comerciantes como posibles receptores de bienes de dudosa procedencia.

De hecho, solo en lo que va de 2017, la Sijín de la Policía Metropolitana de Bogotá ha capturado en diversos operativos a 74 personas por el delito de receptación en compraventas. Entre las mercancías recuperadas, resalta el dato de 140 bicicletas que pretendían revender. 

Precisamente, esta cercanía de las compraventas con las potenciales situaciones que pueden asociarse con actividades ilegales es la que les aleja de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), que no tiene afiliados a ninguno de estos establecimientos. “Tenemos una política de no afiliarles porque en este segmento puede haber personas que realicen actividades por fuera de la regulación vigente”, expresó a LR Guillermo Botero, presidente Fenalco. 

Y es que como aseveró su compañero Jairo Soto, director regional de Fenalco Antioquia, la simple duda sobre la legalidad de este tipo de comercios abstiene al gremio a incluirles. “En algunos casos, se presentan artículos sin clara procedencia. Trabajamos por la legalidad y formalidad y, ante la duda, preferimos evitar su afiliación”, recalcó. 

Entonces, ¿cómo se podría asegurar que los artículos que comercializan  son legales? Bajo la normatividad actual la inspección, vigilancia y control de las actividades de compraventa con pacto de retroventa recae sobre los alcaldes locales, los inspectores de policía, los comandantes de las estaciones y el personal de la Policía Nacional. Todos ellos permiten la verificación de la legalidad de los artículos de estos establecimientos. 

No obstante, en el ámbito tributario, no existe un tipo de control especial dirigido a estos comercios. Según explicó a este medio Leonardo Sicard Abad, director de gestión de fiscalización de la Dian, las compraventas, al igual que el resto de los contribuyentes, deben cumplir con las obligaciones formales establecidas en el Estatuto Tributario. 

“Como cualquier actividad comercial deben inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT), expedir facturas, llevar la contabilidad(...) Además, deben cobrar el IVA correspondiente a los productos comercializados y declarar y pagar a la Dian el impuesto sobre las ventas y el impuesto a la renta en los plazos establecidos”, explicó Sicard. 

Ahora bien, añadió que los contribuyentes que presenten algún tipo de inconsistencias en sus declaraciones o que estén incumpliendo sus obligaciones formales podrían ser seleccionados. 

También desde el punto de vista crediticio, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) le dijo a LR que se encarga de llevar a cabo un control de los comercios. 

Obligados a expedir facturas

Sin embargo, los comerciantes alegan que todos los artículos que reciben día a día deben tener un contrato de compraventa con pacto de retroventa, definido en el artículo 1939 del Código Civil,  que consiste en que el vendedor hace uso de la facultad de recobrar el artículo vendido pagando una suma estipulada al comprador.

“Todos los artículos que llegan deben tener contrato de compraventa firmado con número de teléfono, cédula y huella. Es más, en algunos locales ya estamos empezando a utilizar la biométrica”, aseguró Víctor Manuel Celis, asesor jurídico de Asocom, seccional gremial que defiende los intereses de la mitad de las 1.000 compraventas que se reparten por la capital.

Además, con el compromiso de cumplir todos los protocolos de seguridad al realizar los contratos de los clientes, las agremiaciones se encargan de capacitar y guiar a los asociados sobre el manejo adecuado de estas empresas que deben ser legalmente constituidas ante las Cámaras de Comercio. 

“Fenacoven viene trabajando en un proceso de profesionalización, formalización y modernización del sector. En la actualidad, nuestra actividad empresarial se clasifica como comercio al por menor de artículos de segunda mano (Ciuu 4775)”, indicó Sandra López Solano, directora de Fenacoven. 

Se estima que este sector que puede llegar a mover diariamente desde $100.000 hasta $3 millones produce unos 50.000 empleos entre directos e indirectos. 

No se llaman prenderías ni casas de empeño

De acuerdo con el Código Civil Colombiano, estos locales ya no se consideran prenderías ni casas de empeño, sino que se denominan compraventas con pacto de retroventa. Además, tampoco estaría  correcto decir que prestan dinero sino lo adecuado es expresar que compran bienes con la opción de recomprarlos por parte del vendedor dentro de un plazo pactado por ambas partes mediante un contrato. Asimismo, no cobran intereses pues establecen un precio de retroventa que por lo general suele establecerse en 10%. 

Las opiniones

Guillermo Botero 
Presidente de Fenalco
“Tenemos una política de no afiliar a las compraventas con pacto de retroventa porque algunas pueden vincularse con la ilegalidad”. 

Leonardo Sicard Abad
Director de gestión de fiscalización de la Dian
“Deben cumplir con la obligación de expedir factura y presentar declaraciones del impuesto sobre las ventas y del impuesto a la renta”.

((Lea:Se retira Jorge Acosta Londoño de la presidencia de Coltefinanciera))

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