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martes, 23 de julio de 2013
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Andrés Vasquez

Los colombianos afiliados a los fondos de pensiones privados tienen la posibilidad de escoger tres nuevas modalidades pensionales adicionales a las ya existentes, es decir, que los pensionados en el Régimen de Ahorro Individual podrán seleccionar entre 6 formas de pensionarse de acuerdo a sus necesidades. A continuación, en Aprendiendo Juntos con Porvenir explicaremos en qué consisten estas nuevas modalidades de pensión.

¿Cuáles son las nuevas modalidades de pensión?

De acuerdo a lo establecido en la circular 013 de 2013 emitida por la Superintendencia Financiera de Colombia, las nuevas modalidades de pensión son: Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida, Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata y Retiro Programado sin Negociación del Bono.

Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Diferida:

En esta modalidad el pensionado podrá escoger entre una pensión más alta o más baja al inicio o al final del disfrute.

El pensionado inicia con el pago de la mesada otorgado por el Fondo de Pensiones y una vez termine el tiempo de reconocimiento previamente pactado (entre uno y diez años), iniciará el pago de la renta vitalicia a cargo de una aseguradora.

Renta Temporal Variable con Renta Vitalicia Inmediata:

El pensionado recibe dos pagos simultáneos, una renta temporal a cargo del fondo de pensiones y la mesada pensional a cargo de la aseguradora con la cual se haya contratado el pago de la renta vitalicia. Se reconocerán los dos pagos durante un tiempo pactado, entre uno y diez años, posterior a ello empezará a recibir únicamente la mesada correspondiente a la renta vitalicia.

Retiro Programado sin Negociación de Bono Pensional:

El pensionado accede a la prestación aún si el bono pensional no se encuentra redimido y depositado en su cuenta de ahorro pensional, situación que generaba demoras en las definiciones y pagos de la prestaciones. Una vez el bono pensional esté redimido y depositado en la cuenta, el pensionado podrá seleccionar la modalidad de pensión definitiva entre las 5 restantes.

¿A quién beneficia las nuevas modalidades de pensión?

A todos los afiliados que se pensionen con los fondos privados de pensiones, ya sea por vejez anticipada o normal. Para los pensionados actuales aplica para los que se encuentren en Retiro Programado. En conclusión, estas nuevas modalidades de pensión permiten que los pensionados tomen decisiones de acuerdo con las expectativas individuales, permitiendo flexibilidad en el pago de su mesada pensional.

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