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¿Le podrían pedir la cédula para comprar o vender dólares en las casas de cambio?

viernes, 15 de diciembre de 2023

¿Le podrían pedir la cédula para comprar o vender dólares en las casas de cambio?

Foto: Gráfico LR

Esta práctica se ha convertido en una medida esencial para prevenir el lavado de activos y garantizar la autenticidad de las transacciones

La solicitud de cédula al realizar transacciones o cambios responde a la necesidad de establecer una identificación precisa de los individuos involucrados en dichas operaciones. En el contexto comercial, esta práctica se ha convertido en una medida esencial para prevenir el lavado de activos y garantizar la autenticidad de las transacciones.

Al verificar la identidad de las personas mediante la cédula, los negocios pueden protegerse contra posibles actividades fraudulentas, fortaleciendo la confianza tanto de los consumidores como de los comerciantes en el proceso de intercambio.

De hecho, las casas de cambio rigen su actividad con la Resolución 060 de 2017, la cual le exige a dichos lugares que identifiquen a las personas que deseen hacer una transacción superior a US$1.000.

“Debe presentarse la cédula para registrar transacciones a partir de los US$1000, esto según lo establece la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la resolución 060 de 2017”, aseguró Juan F Navarrete González, abogado Navarrete Consultores.

Para estar al día con esta obligación, las casas de cambio deben dejar un soporte físico del documento de identidad, el cliente la puede presentar en digital o en físico.

“La Registraduría viene haciendo esfuerzos para implementar el uso de la cédula digital a nivel nacional, documento que tiene la misma validez que la cédula física. Aunque el uso de esta aun no es obligatorio, es posible realizar varios trámites utilizándola”, agregó el abogado Navarrete.

Ante la falta de una disposición que prohíba el uso de la cédula digital para este tipo de trámites, no se entiende por qué algunas casas de cambio no la aceptan.

De igual manera, Simón Pedraza, director de asuntos cambiarios y tributarios de Riveros Victoria Abogados, agregó que hasta la fecha, no se ha establecido ninguna normativa ni instrucción que prohíba expresamente el empleo de la cédula digital en transacciones de compraventa de divisas dentro de las sociedades de intermediación cambiaria y servicios financieros especiales (anteriormente conocidas como casas de cambio).

La cédula cumple únicamente la función de identificar al titular de la operación, con el fin de verificar transacciones con riesgo y/o posibles casos de lavado de activos, así como proporcionar información sujeta a reporte ante la Dian.

En el momento en el que la Registraduría concluya con la campaña de masificación de la nueva cédula digital, proferirá una resolución en la que pierda vigencia la antigua cédula holográfica, y, por tanto, los trámites se facilitarán más para los que tengan el documento virtual.

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