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Tecnología

Facturación electrónica


El uso de la tecnología en la mejora de los procesos operativos y financieros de las empresas ya es una obligación

TECNOLOGÍA

Multas y hasta cierre del establecimiento, entre las sanciones por no implementar el mecanismo

viernes, 14 de febrero de 2020

Si se expiden facturas sin los requisitos establecidos, la multa a esta falta es equivalente al 1% del valor de las operaciones facturadas sin exceder un máximo de 950 UVT

Ximena González

En diciembre venció el plazo para que los cerca de 2.300 grandes contribuyentes que aún no habían migrado a facturación electrónica con validación previa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) realizaran el proceso. Por ello, es importante que quienes no puedan por algún motivo implementar la factura electrónica en su compañía estén enterados de que se exponen a multas que alcanzan montos bastante relevantes.

De acuerdo con información de Stupendo Colombia, una de las sanciones se da por no enviar información. “Aplica cuando no se suministran los datos requeridos por la autoridad tributaria, no se haga dentro del plazo establecido o el contenido presente errores y no corresponda a lo solicitado. Se les podría aplicar una multa que no supere los 15.000 UVT, el valor será fijado teniendo en cuenta distintos criterios. Si es por el no suministro, el monto es de 5% sobre las sumas respecto a la información no entregada; en caso de información errónea, alcanzará 4% de las sumas sobre esa información; y de 3% de las sumas respecto a información entregada de forma extemporánea”, indicó la compañía.

Si se expiden facturas sin los requisitos establecidos, la multa a esta falta es equivalente al 1% del valor de las operaciones facturadas sin exceder un máximo de 950 UVT, es decir, aproximadamente más de $33 millones.
Otra de las sanciones a las que pueden verse expuestas las empresas colombianas es al cierre del establecimiento.

De acuerdo con información de Stupendo, “quienes dentro de la obligatoriedad hagan caso omiso a las indicaciones de la Dian y no realicen facturación electrónica, podrán ser sancionados con la clausura de la compañía bajo el concepto de evasión. Además, quienes sean reincidentes de la expedición de facturas electrónicas sin requisitos, también podrán ser penalizados bajo esta vía”.

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