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La entidad mencionó que la clínica se excedió hasta 29% en la venta de stens coronarios ya que eran comercializados por $4.579.785
La Superintendencia de Industria y Comercio, en cabeza de Cielo Rusinque, sancionó a la Clínica Uros con $557 millones por infringir el régimen de control de precios de medicamentos y dispositivos médicos al vender stens coronarios medicados por encima del precio máximo fijado.
“La decisión de la Superintendencia de Industria y Comercio se adoptó después de haber requerido de manera oficiosa toda la información de facturación de la sociedad Clínica Uros S.A.S. y de cruzarla con todas las operaciones comerciales efectuadas por ella entre los meses de octubre de 2021 a junio de 2022, donde se encontró que vendió a diferentes clientes del mercado 46 stens coronarios medicados, a precios que superaban los máximos fijados”, mencionaron por medio de un comunicado.
La Superintendencia mencionó que un sten coronario medicado Ultimaster Tansei tiene un precio máximo de venta, según lo establecido en la circular 02 de 2016, de $3.540.341. Por lo que se excedió hasta 29,360% ya que era comercializado a $4.579.785.
Precisaron que los stens medicados que se vendieron por encima de los precios regulados eran utilizados para tratar el estrechamiento de las arterias coronarias que suministran sangre al corazón, mejorando así el diámetro luminal y reducción de la reestenosis.
“La Superintendencia de Industria y Comercio ha enfatizado que el régimen de control directo de precios de medicamentos y dispositivos médicos es una medida esencial adoptada por el Gobierno Nacional para asegurar que los recursos públicos asignados al sector salud sean utilizados de manera eficiente y que los medicamentos y dispositivos médicos estén disponibles a precios justos y accesibles para toda la población”, agregaron.
La Superintendencia mencionó que las sanciones se impusieron con el fin de brindar una protección efectiva a derechos fundamentales tales como la salud y la vida, los cuales, dicen, que se ven comprometidos debido al no acceso oportuno a los dispositivos médicos por parte de los pacientes, “en razón a la insuficiencia del sistema para proporcionarlos”.
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