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Las multinacionales y los bancos, entre las empresas que más suben el sueldo

sábado, 17 de enero de 2015
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A pesar de que en Colombia no hay una ley que obligue a las empresas a aumentar los salarios que están por encima del mínimo, la remuneración laboral no se queda estancada en la mayoría de las firmas que hacen parte del sector público y privado. Así lo demostró un breve ejercicio hecho por LR, en el que se seleccionaron a 22 empresas y se elaboró un ranking de sus aumentos salariales.

De ese total, 11 compañías (50%) tienen incrementos de 5% o por encima de este porcentaje para 2015, lo que significa que el alza es superior a lo decretado por el Gobierno Nacional para el salario mínimo, que se ubicó en, 4,6%.

Si el listado se analiza por sectores, son las multinacionales y las entidades bancarias las más propensas a hacer subidas por encima de lo establecido para el mínimo. Y es que en este ranking, las empresas que aumentarán sus sueldos a partir de 5% son: Philips, con un alza promedio de 8%; Bancolombia, con 7%; Helm Bank, con 5,8%; BBVA, con 5,66%; Mondelēz, con 5,6%; Davivienda, con 5,5%; Drummond, con 5,16%; la ETB, con 5,16%; Coltabaco, con 5,1%; GMO, con 5%; y Banco de Bogotá, con 5%.

En este último caso, vale la pena destacar que el Banco de Bogotá forma parte del Grupo Aval donde están otros bancos como AV Villas, Banco de Occidente y Banco Popular, por lo que da una idea que los aumentos en dichas firmas serán similares. Lo mismo sucede con Bancolombia, que forma parte del Grupo Empresarial Antioqueño donde también está Nutresa, Argos, Sura, Celsia, entre otras.

Expertos aseguran que retener talento humano en empresas petroleras, de tecnología o con conocimiento especializado es fundamental y por eso en estas firmas el incremento suele ser mayor que en otras el sector real.

“Lo único obligatorio para las empresas en materia de remuneración laboral es el aumento del salario mínimo, pues por decreto deben hacerlo. Sin embargo, hay compañías que de acuerdo a los resultados financieros obtenidos en el año deciden aumentar los sueldos que son superiores al mínimo en una proporción similar a la inflación. Pero esta tendencia es discrecional”, explicó Luis Miguel Morantes, presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC).

Por ejemplo, la empresa que más factura en Colombia: Ecopetrol, con más de $70 billones anuales (cifra al cierre de 2013), no es la que más sube sus salarios, aunque el incremento es superior a 4,6%.

En octubre del año pasado, tras la presentación de los resultados al tercer trimestre, el entonces presidente de la petrolera, Javier Gutiérrez, destacó que se había logrado la Convención Colectiva de Trabajo que estará vigente hasta julio de 2018. LR conoció extraoficialmente que en ese acuerdo se fijó un aumento salarial de 4,81%.

Lo mismo sucede en compañías de alta facturación que se desempeñan en otros sectores como el minero. Tal es el caso de Drummond, firma que tiene cuatro sindicatos y las convenciones colectivas aprobadas cubren 75% del total de empleados, que son 5.000 personas. Bajo esta figura el aumento salarial se hará efectivo el 1° de abril y será de 5,16%, una cifra que surge de la suma del IPC 2014 (3,66%) más 1,5%.

Si bien otros sectores empresariales se mueven bajo este concepto, Morantes destacó que a Colombia le falta en esta materia. “En convenciones colectivas en firmas privadas, Colombia es uno de los países con más bajo índice porque el ejercicio del sindicalismo no es fuerte. Uno de cada 100 trabajadores tiene esta figura”.

¿Qué sectores tienen convención?
Pese al poco uso de las convenciones colectivas en el sector empresarial, Julio Roberto Gómez, presidente de la Confederación General del Trabajo (CGT), aseguró que la mayoría de los sectores vinculadas al sector productivo o comercial activan este tipo de acuerdos. “Las empresas del sector bananero, azucarero, petrolero, minero, textilero, automotriz y cadenas de supermercados trabajan con convenciones colectivas. Esta es la forma más sana de tener contentos a los trabajadores en materia de ajuste salarial”, dijo.

Insistió en que si bien no es obligatorio el aumento salarial por encima del mínimo, el “deber ser” es que las compañías actualicen los salarios según el incremento del (IPC).

Esta es la razón por la que el grueso de empresas aumentan lo que corresponde exactamente por inflación o por debajo de ello. En el ranking hecho por LR, hay casos como Congrupo, cuyo aumento es de 3,5% o Gemalto, que tiene el mismo porcentaje. Incluso, hay firmas con porcentajes más bajos como La Fragata, cadena cuyo aumento del salario es de 2,5%.

“Para el sector privado no hay un aumento obligatorio en los salarios por encima del mínimo. Sin embargo, hay pronunciamientos de la Corte Constitucional donde se ha dicho que el aumento de los salarios debe corresponder al IPC”, indicó el abogado Andrés Uribe.

Lo mismo opinó Iván Jaramillo, experto laboral, quien hizo referencia al fallo de la Corte. “A los que ganen por encima del salario mínimo en el sector privado les pueden ajustar según la inflación, pero las empresas no están obligadas a hacerlo”, dijo.

La excepción de los salarios integrales en las compañías
El salario integral sería un tipo de remuneración que hay que analizar de manera independiente, pues de acuerdo con el artículo 132 del Código Sustantivo del Trabajo, el mismo está integrado por 13 veces el salario mínimo. Esto significa que si aumenta el sueldo mínimo, por defecto, también tendría que ajustarse esta cantidad de dinero, según lo comentó el profesional especialista en derecho laboral, Andrés Uribe. “Como este sueldo está basado en el mínimo, es directamente proporcional la relación entre uno y otro. Es decir, si aumenta el salario mínimo, que a su vez es la base del integral, entonces debe subir igualmente esa remuneración”, dijo.

Las opiniones

Luis Miguel Morantes
Presidente de la Confederación de Trabajadores de Colombia
“En convenciones colectivas en firmas privadas, Colombia es uno de los países con bajo índice porque el ejercicio del sindicalismo no es fuerte. Uno de cada 100 trabajadores tiene esta figura”.

Iván Jaramillo
Experto laboral de la Universidad El Rosario
“A los que ganen por encima del salario mínimo en el sector privado les pueden ajustar según la inflación (3,6%), pero las empresas no están obligadas a hacer dicho ajuste”.

Julio Roberto Gómez
Presidente de la Confederación General del Trabajo
“El deber ser es que los salarios que están por encima del mínimo sean ajustados anualmente, porque una persona no puede tener un sueldo en 2015 definido en 2014 sin considerar el IPC”.

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