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Por incumplimiento en el plazo del pago, la entidad emitió esa orden de embargo.
Luego de que el pasado 28 de agosto se venciera el plazo para pagar $463 millones de multa por la construcción ilegal en los cerros orientales de Bogotá, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) decretó el embargo de bienes e inmuebles de la Comercializadora Kaysser por el incumplimiento en el acuerdo.
La sanción que fue proferida el 16 de diciembre del año pasado ordenaba demoler la construcción el Bambú en el sector de Bagazal debido a las afectaciones ambientales generadas en el sector. Sin embargo, tras no cumplir la orden de esta entidad en las últimas horas se decretó el embargo de los inmuebles de la compañía.
“Estos son los procedimientos de ley, respetando el debido proceso, pero también haciendo respetar el cumplimiento de las sanciones impuestas por la autoridad ambiental por la afectación que se infringió a los cerros orientales de la ciudad capital”, notificó Néstor Franco González, director general de la CAR Cundinamarca.
Además, el organismo resaltó que igualmente el embargo cobijará los dineros que el deudor posea en cuentas corrientes o de ahorros en cualquier entidad financiera de todo el territorio nacional.
Frente a este pronunciamiento Franco también resaltó que “como autoridad no vamos a permitir que se sigan presentando este tipo de afectaciones ambientales que nos perjudican a todos los habitantes de Bogotá, y mucho menos que los infractores incumplan con las sanciones impuestas. La autoridad seguirá actuando con celeridad”.
Estos sistemas generarán más de 49 millones de kilovatios hora (kWh) de energía limpia al año, evitando la emisión de más de 8.800 toneladas de CO2 anuales a la atmósfera
La energética activó los protocolos internos correspondientes, al tiempo que continuará garantizando el normal desarrollo de la operación
Los segmentos con mayor crecimiento fueron los comerciales de carga, con un incremento del 199%, seguidos por las camionetas y las vans, que registraron aumentos del 154,7% y 84,8%, respectivamente