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La sociedad de Ituango había radicado un texto en el que se buscaban $117.825 millones
EPM se pronunció sobre la negación de la Sala Cuarta de Oralidad del Tribunal Administrativo de Antioquia del mandamiento de pago solicitado por la sociedad hidroeléctrica de Ituango en contra de EPM por $117.825 millones.
La decisión tuvo en cuenta que el pago solicitado no corresponde a una obligación clara, expresa y exigible, por cuanto los documentos allegados no conforman un título ejecutivo.
Por esto, EPM escribió que "también considera el fallo que para hacer efectiva la garantía, la obligación debe ser exigible en los términos del contrato Boomt, por lo que se requiere la declaratoria de incumplimiento contractual por el Tribunal de Arbitramento pactado entre las partes para luego hacer efectiva la imposición de cláusulas penales de apremio. Acorde a la prueba aportada no se acreditó el incumplimiento contractual imputable EPM".
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