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Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Las medidas obligan a priorizar reuniones virtuales sobre viajes al exterior y exigir autorización previa para comisiones internacionales
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República emitió la Circular Interna Número 06 de 2026, dirigida a ministros, directores de departamentos administrativos y entidades receptoras de recursos del Presupuesto General de la Nación.
El documento, expedido hoy 7 de octubre de 2026 tras la presentación y aprobación del Presupuesto General de la Nación para la vigencia 2027, reitera la obligación de cumplir con las disposiciones vigentes en materia de austeridad del gasto público.
En relación con los desplazamientos al exterior, las entidades deben priorizar los encuentros y eventos virtuales sobre las actividades que requieran la presencia física de los servidores públicos. En los casos en que los viajes sean indispensables, las comisiones de servicios al exterior deben contar con la autorización previa de la Jefatura de Despacho Presidencial de la Presidencia de la República.
Además, se establece que las solicitudes deben radicarse para que el proyecto de decreto correspondiente ingrese a la Secretaría Jurídica con un mínimo de cinco días hábiles de antelación al inicio del desplazamiento. Los pasajes aéreos deben adquirirse en la tarifa más económica disponible y los montos no utilizados de pasajes o viáticos se deben reembolsar de manera inmediata a la entidad.
Respecto al uso de recursos en publicidad estatal, la directiva prohíbe las erogaciones destinadas a promocionar o exaltar la imagen de funcionarios mediante sus redes sociales personales, agrupaciones políticas o marcas de gobierno.
También se dispone la restricción de contratos de publicidad o propaganda orientados a la elaboración o adquisición de material promocional impreso, agendas, libretas u objetos institucionales para la difusión de la gestión gubernamental. Los fondos para la divulgación oficial deben limitarse al cumplimiento de las funciones de cada entidad y a garantizar el derecho a la información de los ciudadanos.
La circular fija prohibiciones específicas sobre la contratación de pauta para destacar la imagen de servidores públicos o la gestión gubernamental durante la atención de emergencias. Los recursos provenientes del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres únicamente se pueden destinar a campañas informativas de carácter operativo sobre la atención de la población afectada, tales como rutas de ayuda, ubicación de albergues o prevención de fraudes.
La normativa exceptúa de estas restricciones la realización de campañas cívicas o de interés general con sustento legal explícito, entre las que se encuentran temas de seguridad vial, salud pública, prevención de violencia de género, cultura tributaria y convivencia. De igual forma, se autorizan las publicaciones exigidas por mandato legal, orden judicial o requerimientos de procedimientos administrativos, contractuales y judiciales.
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