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En primera instancia, la cartera de Transporte reiteró que “la plataforma Uber no está habilitada para prestar un servicio de transporte de pasajeros y, por ello, no puede ofrecer un servicio de transporte público”.
“Ni Uber ni las plataformas tecnológicas que ofrecen servicio de transporte público son empresas habilitadas, salvo que dichas plataformas sean suministradas al usuario por la empresa habilitada”, agregó.
El Ministerio explicó que en Colombia el transporte público de pasajeros es un servicio regulado que debe prestar una empresa debidamente habilitada según su modalidad, en donde existe la de individual o taxi y la de especial, que incluye escolares, turismo y grupos empresariales.
“Las camionetas blancas están autorizadas en la modalidad de especial, por eso no pueden estar en el servicio individual que hoy prestan a través de esa plataforma (Uber), lo cual es ilegal”, indican en el comunicado.
El Ministerio advirtió a los usuarios que toman el servicio de transporte público utilizando la plataforma Uber con vehículos blancos que “en caso de un accidente, no estarán amparados por las pólizas de responsabilidad civil contractual y extracontractual”.
Cabe recordar que el Ministerio de Transporte viene trabajando en un decreto que regulará el servicio diferencial o de lujo que se prestará bajo la modalidad del individual y operará con vehículos con características diferentes a los amarillos, de alta gama, con mayores niveles de servicio y con color distinto para identificarlos.
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