MI SELECCIÓN DE NOTICIAS
Noticias personalizadas, de acuerdo a sus temas de interés
El departamento de Comercio de Estados Unidos abrió un mecanismo para que los importadores estadounidenses de acero y aluminio pidan que sus compras en el exterior sean excluidas de los aranceles del 10% y del 25%, respectivamente.
María Lorena Gutiérrez, ministra de Industria y Comercio, anunció desde Francia, donde participa de reuniones de seguimiento al proceso de ingreso de Colombia a la Ocde, un mecanismo adicional para buscar que los industriales colombianos del acero y el aluminio no se vean afectados por los aranceles que impuso Estados Unidos a las importaciones de esos materiales o de productos que los contengan.
Según explicó la ministra, el departamento de Comercio de Estados Unidos abrió un mecanismo para que los importadores estadounidenses de acero y aluminio pidan que sus compras en el exterior sean excluidas de los aranceles del 10% y del 25%, respectivamente.
“Las medidas anunciadas por la administración de EEUU imponen un reto al Gobierno y al sector privado colombiano. Debemos trabajar de manera estratégica y coordinada para superarlo de la mejor forma”, dijo la ministra Gutiérrez.
De acuerdo con el mecanismo anunciado por el Departamento de Comercio, los importadores podrán acreditar que sus compras en el exterior cumplen una de tres condiciones. La primera es que el producto no se produce en EE.UU.; que, si bien es producido, no se consigue en las cantidades o calidades que la demanda requiere; o, por último, que no importarlo significaría un riesgo para la seguridad nacional de ese país.
Según Fenalco, las medidas buscan corregir distorsiones del mercado y mejorar las condiciones de competencia para los comerciantes colombianos
El mecanismo articularía en un solo esquema los beneficios tributarios y las garantías de estabilidad jurídica para quienes inviertan en el país.
El análisis, según el Gobierno, identificó 59 hallazgos técnicos, un patrimonio negativo de $3,2 billones y más de 109.000 quejas desde 2024.