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Luis Carlos Leal, superintendente de Salud.
SALUD

Supersalud emitió instrucciones para garantizar derecho a la salud de persona trans

sábado, 21 de septiembre de 2024

Luis Carlos Leal, superintendente de Salud.

Foto: Supersalud

La entidad también aclaró que a las entidades vigiladas que no sigan las instrucciones se les impondrán sanciones administrativas

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La Superintendencia de Salud emitió instrucciones a EPS, IPS, entidades territoriales y demás prestadoras de servicios, para que se garantice el derecho a la salud de personas trans en Colombia. La medida empieza a regir desde hoy.

Algunas de las instrucciones con las que cuenta la circular son, “contar con una caracterización de la población trans que accede a los servicios de salud de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente”; “las entidades deberán mantener registros precisos y actualizados de las sustancias modelantes permitidas, relacionadas con la venta de biopolímeros, por lo que deben garantizar que estos registros estén disponibles para la supervisión y el control por parte de la Supersalud”; “generar bases de datos correspondientes a los servicios de salud que requiere esta población”.

Además, se indica que no habrá restricciones, por lo que las entidades territoriales y las entidades de aseguramiento en salud deben verificar que todos los prestadores de servicios de salud garanticen la atención integral de las personas trans.

La circular tiene en cuenta a las personas trans que presentan características particulares, sociales, culturales, étnicas, económicas y/o físicas, entre estas también se encuentran personas víctimas del conflicto armado, en situación de habitabilidad de calle, personas étnicas y con discapacidad, migrantes, personas privadas de la libertad, gestantes, niños, adolescentes y adultos mayores trans. Además, se tienen en cuenta trabajadores y trabajadoras sexuales y personas que tengan VIH.

Los gestores farmacéuticos deberán contar con un protocolo documentado que establezca la forma en que se debe desarrollar el proceso de dispensación de medicamentos a las personas trans que soliciten el servicio de terapia de reemplazo hormonal.

En la circular también se aclara que la entidades vigiladas que no sigan las instrucciones, luego del debido proceso, se les impondrán las sanciones administrativas.

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