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HACIENDA

La propuesta del PND le daría más de nueve facultades especiales nuevas al Presidente

martes, 7 de febrero de 2023

El borrador del proyecto de ley plantea que el Presidente pueda crear, suprimir, reestructurar, fusionar, escindir, liquidar o integrar empresas del sector eléctrico

Ayer se radicó ante el Congreso el Plan Nacional de Desarrollo (PND), que define las políticas públicas clave del Gobierno para el próximo cuatrienio. Entre los puntos que han llamado la atención de los expertos dentro del proyecto que se conoció la semana pasada, está la cantidad de facultades especiales que el documento concede al presidente, Gustavo Petro, para firmar decretos o normas con fuerza de Ley.

Y es que en total son más de nueve los artículos del proyecto del PND que le revisten de dichas facultades al Presidente, por un término de seis meses, contados desde que el documento se vuelva Ley.

Para Carlos Arias, analista político, si bien es necesaria la aprobación del PND para cumplir con las metas del ‘cambio’, no es necesario darle al presidente algunos poderes que estén por encima de la concertación.

Los poderes
Un primer punto, por ejemplo, tiene que ver con la posibilidad de crear un sistema de transferencias o subsidios en dinero y/o en especie para apoyar a la población en situación de pobreza y vulnerabilidad, derivada de situaciones adversas provocadas por la materialización de riesgos sociales, de riesgos económicos, o por desastres naturales; así como para modificar los programas Familias y Jóvenes en Acción e integrarlos al sistema de transferencias que se creé en desarrollo de estas facultades.

Otro de las facultades que llaman la atención, y que preocupan a los expertos, tiene que ver con la recuperación del Hospital San Juan de Dios - Instituto Materno Infantil.

El documento dice que se podrán adelantar actividades para la adquisición, a título gratuito u oneroso, de la infraestructura de dicho Hospital, así como la creación de la persona jurídica para la prestación de servicios de salud o la investigación en salud y la expedición de las disposiciones para su operación.

Daniel Briceño, abogado especialista en derecho público de la Universidad Externado, dejó abierta la pregunta de si dicho Artículo puede poner en riesgo el proyecto de construcción de la nueva torre del hospital.

Arias recalcó que es importante resaltar que este tipo de facultades no son nuevas y que es normal que el mandatario busque darse estas facultades para facilitar la aprobación del plan.

“Aunque no hay que satanizar algunas facultades, tampoco hay que dejar pasar algunas que pueden general un desequilibrio de poderes, como por ejemplo el de tomar los poderes de las superintendencias”, afirmó.

En el borrador del proyecto, en el Artículo 173, se le otorgaban facultades a Petro para crear, suprimir, reestructurar, fusionar, escindir, liquidar o integrar empresas de generación, distribución y comercialización del sector eléctrico, con participación mayoritariamente de la Nación.

Del borrador al documento radicado, este punto cambió y ahora lo que se busca es crear, escindir, fusionar, suprimir, integrar, o modificar la naturaleza jurídica de entidades de la rama ejecutiva.

LOS CONTRASTES

  • Carlos AriasAnalista político

    “Que el Presidente busque este tipo de ‘súperpoderes’ en un escenario en el que llama a la gente a apoyar reformas a las calles es peligroso. Este se debe dar en el Congreso”.

  • Roberto AnguloFundador de Inclusión S.A.S.

    “Hay unas facultades especiales que ni siquiera se necesitan. Para dar subsidios, por ejemplo, no necesita nuevas facultades. Sentarse a trabajar es más sencillo de lo que creen”.

El documento efectivamente radicado plantea que el Presidente pueda realizar las modificaciones presupuestales necesarias para financiar los gastos de funcionamiento e inversión necesarios para el cumplimiento de las funciones que se asignen a las entidades creadas, escindidas, suprimidas, fusionadas o reestructuradas.

Por otro lado, Petro también tendría facultades para regular los usos alternativos de la planta de coca, los usos alternativos del cannabis y los fines medicinales, terapéuticos y científicos de sustancias psicoactivas.

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