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HACIENDA

La Dian espera recaudar $3,2 billones por concepto de renta para personas naturales

martes, 9 de julio de 2019

La entidad presentó los topes, el calendario y obligados a declarar y pagar el Impuesto Sobre la Renta del año gravable 2018 para el caso de las Personas Naturales

Laura Lucía Becerra Elejalde
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Alrededor de tres millones de personas deberán declarar y pagar renta este segundo semestre, con lo cual la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) espera recaudar aproximadamente $3,2 billones, una vez descontadas las retenciones en la fuente, los anticipos y los saldos a favor.

El pago de este impuesto deberá hacerse entre el 6 de agosto y el 17 de octubre, de acuerdo con el calendario tributario y los dos últimos dígitos del NIT; y tal como recordó Lisandro Junco, director de Ingresos de la Dian, se hará a través del Sistema de Renta Cedular.

Este modelo clasifica los ingresos de acuerdo con su origen, para aplicar una tarifa y dar un tratamiento particular a cada perfil. Las cinco rentas son de Trabajo, de Pensiones, de Capital, No Laborales y de Dividendos y Participaciones.

“Los contribuyentes están invitados a presentar sus declaraciones, la apuesta es que sea totalmente digital, que aquellos contribuyentes que no tengan usuario y contraseña en la Dian puedan hacerlo a través de la página web”, mencionó Junco.

LOS CONTRASTES

  • Lisandro JuncoDirector de Ingresos de la Dian

    “La Dian espera crecer en número de contribuyentes nuevos en personas naturales, superar los 2,9 millones del año pasado e incrementar a más de tres millones”.

El director de Ingresos de la Dian también presentó los topes para declarar renta (ver gráfico) y recordó que la entidad dispone de dos herramientas para apoyar el diligenciamiento: ‘Hágalo Usted mismo’, y la información Reportada por Terceros (Exógena). Finalmente, la Dian recordó que en el caso de que las personas no declaren en las fechas estipuladas, la entidad establecerá una sanción de extemporaneidad.

“En el caso de que declaren en una fecha posterior a la de vencimiento, la sanción será de 5% del impuesto a cargo; si no lo hay, será de 0,5% de los ingresos brutos; y si no hubo ingresos la sanción será calculada sobre el patrimonio líquido, con 1%”, explicó Adriana Solano, subdirectora de Gestión de Asistencia al Cliente de la Dian.

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