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SALUD

Restricción para eventos masivos en municipios con 85% de ocupación UCI

lunes, 6 de diciembre de 2021

Las medida tendrá vigencia hasta el 1 de marzo de 2022 y se tomó considerando el riesgo de contagio con las variantes del covid

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El Ministerio de Salud y Protección Social ratificó las medidas que van a regir la fase que la entidad denominó como 'Aislamiento Selectivo, Distanciamiento individual responsable y Reactivación económica segura' en el contexto de la emergencia sanitaria.

Se expidió el Decreto 1614 de 2021, en el cual, además de recordar las medidas de bioseguridad que debe adoptar cada persona, se señala que "en ningún municipio del territorio nacional con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) superior a 85%, se podrán habilitar eventos de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva de personas".

Lo que ubica a la ocupación de camas UCI como el principal factor al momento de decretar restricciones, por lo que los alcaldes con municipios que superen este porcentaje determinarán las medidas para darle manejo a la pandemia con "previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social y con la debida autorización del Ministerio del Interior" según indica el documento.

El director de Promoción y Prevención, Gerson Bermont, explicó que para adoptar la decisión, “se tiene en cuenta la actual situación epidemiológica, que, aunque ha reportado mejorías en los indicadores, en el último mes se ha evidenciado un incremente significativo en el número de casos confirmados por covid-19, así como un porcentaje de positividad por encima de 10 % en algunas regiones del país”.

Otros factores que se suman es el posible riesgo puede representar la variante Ómicron y los retos que ha traído la variante Delta desde hace más de tres meses. "La variante Delta y las variantes emergentes como la Ómicron siguen representando un desafío, ya que puede presentar una potencial mayor transmisibilidad, generar cargas virales más altas, y pueden llegar a ocasionar cuadros clínicos más severos en individuos no vacunados", se sintetiza en las consideraciones del decreto.

Por otro lado, se dispone que "en ningún municipio del territorio nacional se podrá decretar toque de queda o restricciones horarias de movilidad como medida sanitaria para mitigar la pandemia ocasionada por el covid-19", pero se podría dar una excepción de igual forma que como lo anteriormente mencionado, con concepto del MinSalud y autorización del MinInterior.

Por último, se recuerda que el Plan Nacional de Vacunación solo podrá ser modificado por el Gobierno Nacional; y se recomienda seguir implementando modalidades de organización laboral como el teletrabajo, trabajo remoto o trabajo en casa.

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