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Gobierno Nacional fija impuesto de normalización tributaria con tarifa de 19%
HACIENDA

Gobierno Nacional fija un impuesto de normalización tributaria con una tarifa de 19%

viernes, 13 de marzo de 2026

Esta medida está dirigida a contribuyentes que tengan activos omitidos, subvalorados o pasivos inexistentes dentro de sus declaraciones fiscales

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En medio de las medidas tributarias adoptadas por el Gobierno para enfrentar las necesidades fiscales por la emergencia económica, también se incluyó la creación de un impuesto de normalización tributaria con una tarifa de 19%.

"Se propone la creación de un impuesto de normalización tributaria de carácter temporal aplicable a activos omitidos, subvalorados y pasivos inexistentes, con una tarifa de 19%", se lee en el documento.

Esta medida está dirigida a contribuyentes que tengan activos omitidos, subvalorados o pasivos inexistentes dentro de sus declaraciones fiscales. A través de esta, se busca permitir la regularización de estos patrimonios y, al mismo tiempo, generar ingresos adicionales para atender los gastos derivados de la emergencia.

Según el documento, este mecanismo permitirá que los contribuyentes incorporen dentro de su información tributaria activos que no habían sido reportados o que habían sido declarados por debajo de su valor real.

"Este mecanismo, permitirá normalizar los patrimonios, ampliar la base gravable real, reducir la opacidad en la información tributaria y, simultáneamente, generará un recaudo extraordinario de corto plazo que contribuirá a mitigar los efectos negativos sobre la población afectada por el fenómeno climático que dio lugar a la expedición del Decreto Legislativo 150 de 2026", se afirma en el decreto.

Por su parte, el decreto señala que esta medida tiene carácter temporal y responde a la necesidad de obtener recaudo extraordinario en el corto plazo, esto bajo el contexto de la emergencia climática; de esta manera, el mecanismo permitiría generar ingresos adicionales sin establecer nuevos impuestos de carácter general para la población.

Cabe resaltar que este impuesto de normalización constituye un tributo formal dentro del sistema fiscal, esto significa que su declaración, liquidación y pago deben realizarse conforme a las normas tributarias vigentes y que su cumplimiento implica obligaciones para los contribuyentes.

Adicionalmente, el decreto destaca que la normalización de activos omitidos o pasivos inexistentes permitirá que estos patrimonios queden incorporados dentro de las declaraciones tributarias, lo que contribuye a ampliar la base gravable real del sistema.

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