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ECONOMÍA

Gastos en salud, pensión y AFC, las deducciones en su renta

lunes, 24 de octubre de 2016
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Mario Chaves Restrepo

Lo primero que debe saber es que, sin importar en qué cédula se encuentren sus ingresos, a su base gravable le puede descontar los aportes que hace a salud y pensión.

Para el caso de los asalariados, una vez hecho ese primer descuento (9% del sueldo), tienen 25% de su salario como renta exenta automática, y puede descontar hasta otro 10% adicional con elementos como la cotización a pensiones voluntarias, a las cuentas AFC o los descuentos que se pueden hacer por tener personas dependientes. A pesar de esas posibilidades, es importante que sepa que solo puede eliminar hasta 35% de sus ingresos salariales netos, siempre y cuando no superen las 3.500 UVT ($104,13 millones de hoy).

Para el caso de las rentas provenientes de las pensiones, la reforma Cárdenas establece que se mantendrán exentas, por lo que usted no pagará, salvo una tarifa marginal si sus ingresos por pensión superan las 1.000 UVT mensuales ($29,75 millones actuales).

Si usted obtiene rentas de capital, que son todas aquellas que se obtienen por concepto como intereses, arrendamientos, regalías o explotación de la propiedad intelectual, usted puede descontar lo que tuvo que gastar para obtener esos ingresos (además de lo que puso en salud y pensión), y posteriormente, puede bajar su base gravable en otro 10%, siempre y cuanto no supere las 1.000 UVT.

Finalmente, el mismo trato de las rentas de capital es el que tendrán sus ingresos si los obtiene de las rentas no laborales, que son todas aquellas que no sean dividendos, ni puedan ser clasificadas en las cédulas anteriores. 

Gastos funerarios bajan impuestos

Desde honorarios médicos, pasando por los indispensables gastos de agua, luz y gas hasta gafas graduadas o servicios funerarios son algunos de los gastos personales que puede deducir del impuesto de la renta en la Alianza del Pacífico. Por ejemplo, en México, las deducciones personales no pueden exceder de 10% del total de los ingresos, incluidos los exentos, y en Perú, las personas naturales pueden deducir por agua, luz, educación y telefonía hasta un monto de 10 unidades impositivas tributarias ($22,3 millones). Del lado de las exenciones, por ejemplo, en Chile las personas que reciban rentas por un monto actualizado al término del ejercicio que sea igual o inferior a unos $31,9 millones quedarían exentas. Y en el caso peruano, no estarían obligados a declarar renta los trabajadores independientes que ganen hasta unos $2,4 millones mensuales.

Glosario

Pensiones voluntarias: Son un ahorro voluntario hecho en las AFP con miras a aumentar el monto de la pensión.

AFC: Las cuentas AFC o cuentas de ahorro para el fomento de la construcción son herramientas de ahorro a largo plazo que le permiten reducir su base gravable.

Renta exenta automática: Es un descuento de 25% de sus ingresos como asalariado que no puede ser gravado por ley.

Dependientes: Si tiene personas que dependen económicamente de usted, usted puede bajar su base gravable.

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