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Los que no puedan clasificarse, no se podrán comercializar
Como parte de los esfuerzos que está haciendo el país para mitigar su impacto en el cambio climático y cumplir con los Acuerdos de París, el Ministerio de Minas y Energía ha adoptado el Reglamento Técnico de Etiquetado (Retiq), del que hace parte la etiqueta de eficiencia energética, que es un rótulo que contiene información sobre el consumo y las características del equipo importado o fabricado nacionalmente.
De acuerdo con lo aprobado por MinMinas, los fabricantes o importadores de las maquinas que deben portar la etiqueta, están obligados a probar los equipos, determinar cuánto consumen y realizar dicha etiqueta. Si el consumo de estos no se puede clasificar en los rangos, el producto no podrá comercializarse en Colombia.
“Hemos calculado que la etiqueta podría aumentar entre 0,9% y 1,5% los precios de los equipos. Sin embargo, los ahorros en facturas de energía, al utilizar maquinas eficientes, son más altos”, explicó un vocero de MinMinas.
De hecho, según cálculos del Gobierno, con una nevera eficiente, un hogar estrato 1 puede ahorrar hasta cerca de $96.000 al año en la factura de energía, mientras que un hogar estrato 2 podría ahorrar hasta aproximadamente $120.000 anuales.
“La etiqueta incide en los costos de los equipos, pero en nuestro caso, no aumentamos el precio de los electrodomésticos, sino que trabajamos la etiqueta directamente con el fabricante en China. Esto nos resultó más rentable, porque probarlos y etiquetarlos acá es alrededor de cinco veces más costoso”, dijo Daniel Giraldo, jefe de producto de Kalley.
La etiqueta permite que los consumidores sean conscientes de cuánto consumen los equipos. Además, les brinda información para que puedan comparar y adquirir los productos con conocimiento, ya que la información de las etiquetas es confiable, pues se hacen auditorías para garantizar que así sea.
Si el equipo no tiene la etiqueta, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) podrá imponer sanciones al importador o fabricante y al comercializador de hasta 2.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, y la orden de retiro del producto hasta que lo adecúe al reglamento técnico.
Nueva fecha para portar la etiqueta obligatoria
Minminas aplazó para el primero de octubre la etiqueta obligatoria para aires acondicionados unitarios, calentadores de agua y gasodomésticos de cocción, pues algunos fabricantes e importadores no la tuvieron lista para la primera semana de abril. Hasta el momento, la etiqueta es obligatoria para refrigeradores domésticos, lavadoras, aires acondicionados para recintos, motores industriales eléctricos de inducción, balastos electrónicos y electromagnéticos, y refrigeradores comerciales.
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