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La expectativa se mantiene en los gremios y sectores que criticaron los primeros borradores de la propuesta, que busca reemplazar la Ley 160 de 1994, porque aunque el ministro de Agricultura, Aurelio Iragorri, aseguró que serían incluidos todos los comentarios de los gremios y que no se violaría en ningún momento la propiedad privada, si se mantendrá la esencia de la norma anterior en la que se aplica la extinción de dominio cuando los dueños de la tierra no la estén poniendo a producir.
Con la publicación del texto final, las miradas estarán sobre las condiciones y mecanismos que utilizará el Gobierno Nacional para definir cuando un predio es o no productivo, la entidad que se encargará de definir el uso potencial del suelo y los plazos e incentivos que se darán por vía administrativa para iniciar proyectos productivos.
El director de la Agencia Nacional de Tierras (ANT), Miguel Samper Strouss, aseguró que uno de los cambios fundamentales que trae el articulado final será que los procesos ya no serán jurisdicción de la ANT, como se había planteado en un principio, sino que estarán a cargo de los jueces de la República, pero que esta será la última instancia, dado que primero los dueños de los predios recibirán un aviso para ponerlos a producir y contarán con seis meses de plazo antes de iniciar cualquier proceso legal.
Entre las preocupaciones por la normativa del Ministerio de Minas, está el desestímulo de la inversión y la vulneración en el sector
Según las empresas de comercio exterior, los problemas son las tarifas de arancel a las importaciones y los excesivos requisitos