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Gustavo Petro, presidente de Colombia
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Entra en vigor decreto que prohíbe, sin excepciones, exportación de carbón a Israel

sábado, 30 de agosto de 2025

Gustavo Petro, presidente de Colombia

Foto: Colprensa

La prohibición estará vigente hasta que se cumplan las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia

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El Gobierno oficializó la entrada en vigor del Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025 para establecer "prohibición estricta y sin excepciones a las exportaciones de carbón a Israel".

"Ante la persistencia de los actos bélicos en contra del pueblo palestino, el Ministerio de Comercio oficializó la entrada en vigor del Decreto 0949 del 28 de agosto de 2025, normativa que modificó el Decreto 1047 de 2024 para establecer una prohibición estricta y sin excepciones a las exportaciones de carbón a Israel", indicó la mencionada cartera en un comunicado.

Según notificó el Gobierno, el acto administrativo está firmado por la ministra de Comercio, Diana Marcela Morales Rojas, junto a la canciller, Rosa Yolanda Villavicencio; el ministro de Hacienda y Crédito Público, Germán Ávila Plazas, y el ministro de Minas y Energía, Edwin Palma Egea.

"El decreto establece que, desde el 18 de marzo de este año, Israel aumentó su ofensiva bélica contra el pueblo palestino, generando un nuevo escalamiento del conflicto. Como resultado, en el periodo comprendido entre el 18 de marzo y el 17 de junio de 2025, se ha reportado que 680.000 palestinos han sido desplazados, 5.334 palestinos han sido asesinados y 17.839 han sido heridos como consecuencia de la ofensiva bélica adelantada por Israel", apuntó MinComercio.

Y añadió: "Entre el 7 de octubre de 2023 y el 18 de junio de 2025, al menos 55.637 palestinos han sido asesinados y 129.880 heridos por las acciones de Israel. Adicionalmente, se ha reportado un crecimiento en el número de personas asesinadas y heridas cuando intentan acceder a los suministros humanitarios de comida y otros bienes esenciales”.

Previo a la expedición de este nuevo decreto, el proyecto fue publicado y puesto a consideración de la opinión pública y de los grupos de interés entre el 28 de julio y el 15 de agosto. En este tiempo se recibieron las observaciones que se tuvieron en cuenta para la implementación de la norma.

El decreto estipula que la prohibición estará vigente hasta que se cumplan las órdenes de medidas provisionales emitidas por la Corte Internacional de Justicia o hasta que desaparezcan las condiciones que motivaron la medida.

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