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El Gobierno expidió el Decreto que va a regular la reforma pensional a partir de julio
Se contempla un tratamiento especial para las mujeres afiliadas. Estas verán una reducción gradual del número mínimo de semanas de cotización necesarias
El Gobierno oficializó las normas para la implementación de la reciente Reforma Pensional a través del Decreto 514, emitido el 9 de mayo. Este decreto desarrolla la Ley 2381 de 2024, la cual establece un nuevo sistema integral de protección para la vejez.
El documento especifica varios detalles sobre como operarán los diferentes pilares del sistema, el papel de las nuevas entidades que gestionarán este esquema, y los requisitos para acceder a las pensiones y a las ayudas económicas solidarias, tanto en el componente semicontributivo como en el solidario.
Adicionalmente, se contempla un tratamiento especial para las mujeres afiliadas. Estas verán una reducción gradual del número mínimo de semanas de cotización necesarias para obtener la pensión completa de vejez, fijándose en 1.000 semanas hasta el año 2036.
Según el ministro del Trabajo, Antonio Sanguino, el decreto es fundamental para la nueva estructura de protección de la vejez, al integrar y complementar los sistemas actuales para ofrecer diversas opciones a los trabajadores. Lo anterior incluye tanto el pilar contributivo como el solidario.
Este último fue diseñado para apoyar a quienes no logran una pensión o a los adultos mayores que requieren el apoyo del Estado. Sanguino también resaltó la inclusión de la normativa para la creación de un fondo de ahorro.
El decreto también establece el marco legal para la administración del Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, Fapc, que será gestionado por el Banco de la República. Los recursos de este fondo se destinarán a financiar las obligaciones de pago dentro del pilar contributivo del sistema.
Entre las funciones del Comité Directivo se encuentran la aprobación de la política de riesgos, la administración e inversión de los recursos del Fapc, y la presentación de informes periódicos al Congreso.
Además, el Ministerio estableció las condiciones para quienes consideren que pueden aplicar al Pilar Solidario de la reforma. "Las mujeres con edad igual o mayor a 60 años y hombres con edad igual mayor a 65 años o mujeres mayores de 50 años y hombres mayores de 55 años con pérdida de la capacidad laboral u ocupacional de conformidad con el Manual Único de Calificación de Invalidez vigente, igualo superior al 50% debidamente certificada, por la autoridad competente", aplican para entrar al régimen subsidiado de las pensiones.
En cuanto a pensiones especiales, el documento solo hace mención una vez a este término, en el Artículo 2.2.4.13.20., donde expresa que, en caso de invalidez de los miembros del grupo familiar, en caso de que se quiera recibir esta pensión, se podrá disponer del beneficio a través de Colpensiones.
Llamado a la transparencia de Fasecolda ante la reforma
La Federación de Aseguradores Colombianos, Fasecolda, mostró su preocupación por un proyecto de decreto único propuesto por el Gobierno Nacional que pone en entredicho la participación del esquema de seguro previsional en el nuevo sistema pensional, que entrará en vigor en julio.
Esta coyuntura, a pesar de que, la Ley 2381 de 2024, “reconoce su valo y su presencia”. De acuerdo con los planteamientos del gremio sobre el articulado, el seguro previsional “podría extinguirse en la práctica como mecanismo general, debido a que otorga inicialmente preferencia a un esquema alternativo, basado en un patrimonio autónomo, para que Colpensiones administre los riesgos de invalidez y sobreviviencia”.
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