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La medida restringiría la circulación de vehículos especiales en el horario de 5:30 a.m. y 9:00 p.m. y sería entre uno y dos días por semana.
Si los vehículos, una vez esté en marcha el decreto, no cumplen con la medida, serán sancionados con 15 salarios mínimos legales vigentes.
Los carros que presten el servicio de transporte escolar, con sus respectivos distintivos, son excluidos de la medida que afecta a transportes que prestan servicios en el sector turismo o empresarial, además del servicio de Uber que cuenta con placas de esta denominación.
Tras conocerse el proyecto de decreto, el presidente de la Asociación Colombiana del Transporte Terrestre Automotor Especial, Acoltés, Lupoani Sánchez, rechazó la propuesta. “Nos oponemos a este decreto porque tiene un tratamiento discriminatorio e injusto y no responde a la realidad de un mercado”, señala en un audio difundido por su oficina de prensa.
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