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La medida aplicará en los departamentos con mayor afectación por cultivos ilícitos.
ENERGÍA

Distribuidores de combustibles líquidos necesitarán certificado para operar

jueves, 3 de julio de 2025

La medida aplicará en los departamentos con mayor afectación por cultivos ilícitos.

Foto: Gráfico LR

Este documento deberá ser expedido por el Ministerio de Justicia y enviado a la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía

Manuel Alejandro Correa
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El Gobierno Nacional anunció que los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, ubicados en diez departamentos, deberán contar con una autorización vigente: el certificado de carencia de informes por tráfico de estupefacientes.

Este documento, según corresponda, deberá ser expedido por el Ministerio de Justicia y enviado a la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, con el fin de actualizar los requisitos en el Sistema de Información de Combustibles, Sicom, de acuerdo con las directrices del Ministerio de Defensa.

La medida aplicará en los departamentos con mayor afectación por cultivos ilícitos: Antioquia, Bolívar, Caquetá, Cauca, Chocó, Córdoba, Guaviare, Nariño, Norte de Santander y Putumayo.

Los agentes que operen en estas regiones estarán obligados a cumplir con esta exigencia. Al mismo tiempo, se informó que el Ministerio de Defensa, a través de las Fuerzas Militares y la Policía Nacional, ejercerá un control permanente sobre las sustancias y productos químicos mencionados en la resolución, con el objetivo de evitar su desvío o uso en el procesamiento de drogas ilícitas.

Las autoridades precisaron que los agentes que cuentan con el certificado vigente deberán remitir una copia a la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía. Quienes no lo tengan deberán presentar una solicitud ante el Ministerio de Justicia y enviar copia de dicho trámite a la misma dependencia del sector minero energético.

Se advirtió que el certificado, con vigencia de un año, deberá renovarse antes de su vencimiento. Los agentes que no cuenten con el documento no podrán ejercer ninguna actividad de distribución de combustibles líquidos, y en caso de incumplimiento, se iniciarán investigaciones administrativas para la imposición de sanciones.

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