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ECONOMÍA

Dian inició proceso para el pago de impuestos a través de la web

jueves, 1 de marzo de 2012
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El organismo anunció que a partir de este mes se expedirán las primeras 200.000 firmas electrónicas, con las que se permitirá el pago virtual de las responsabilidades tributarias y así evitar las eternas colas en sus oficinas.

El director del organismo, Juan Ricardo Ortega, explicó que esta es la razón por la que se modificó la resolución 12761 de 2011, la cual permitirá comenzar con el proceso de la firma digital. Agregó, que si la medida para  agilizar el pago de impuestos no se logra en marzo, se vería obligado a dejar el cargo.
 
Los contribuyentes, responsables o usuarios que vayan activando el mecanismo digital, podrán empezar a cumplir con sus obligaciones a través de los Servicios en Línea en la página web de la entidad www.dian.gov.co.

De acuerdo con la resolución, los nuevos obligados a presentar las declaraciones a través de los Servicios en Línea haciendo uso del mecanismo de firma digital emitido por la DIAN, deberán realizar en forma previa el siguiente procedimiento:

1. Las personas naturales y jurídicas deben actualizar el Registro Único Tributario, incluyendo al representante legal, al revisor fiscal o contador público, a quienes se le asignará el mecanismo de firma respaldado con certificado digital.
 
2. El representante legal, el revisor fiscal y el contador público, deberán inscribir o actualizar su Registro Único Tributario incluyendo la responsabilidad 22: “Obligados a cumplir deberes formales por terceros”, e informar su correo electrónico para que la Entidad le envíe los códigos de autorización y puedan descargar el mecanismo digital, en el evento que la emisión o renovación haya sido de manera presencial.
 
3. Solicitar la emisión o renovación del mecanismo de firma respaldado con certificado digital, si no lo poseen, ante las Direcciones Seccionales de Impuestos o de Impuestos y Aduanas, personalmente o a través de apoderado debidamente facultado.
 
4. Las personas naturales que se encuentren residenciadas en el exterior que opten por presentar sus declaraciones de manera virtual, podrán solicitar la emisión del mecanismo digital a través del correo electrónico al buzón “rut-extranjeros@dian.gov.co” habilitado para tal efecto y por medio de éste se enviará el documento formalizado.
 
La Dian precisó que para facilitar la atención a los clientes que requieran los trámites de inscripción y actualización del Registro Único Tributario – RUT, así como la emisión o renovación del mecanismo de firma respaldado con certificado digital, deberán realizarlo a más tardar en las fechas establecidas, atendiendo a los dos últimos dígitos del NIT sin tener en cuenta el dígito de verificación. La primera fecha comienza el 5 de marzo para los dígitos desde el 26 hasta el 27. El cronograma finaliza el 23 de mayo con los dígitos desde el 24 hasta el 25.
 
 
 
 
 

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