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Como la decisión del alto tribunal tiene efectos diferidos, el Ministerio de Ciencia podrá seguir operando hasta junio del año 2023
La Corte Constitucional dictaminó inexequible el conjunto de normas que permitieron la creación del Ministerio de Ciencias. A pesar de la decisión, esta tendrá efectos diferidos, razón por la cual el MinCiencias podrá seguir operando hasta junio del año 2023.
Luego de que la Corte estudiase una demanda presentada contra la ley 1591 de 2019, la cual permitió que se estableciera el ´órgano, se decidió que el proyecto de ley relacionada no se presentó por iniciativa del Gobierno. Por esta razón, el alto tribunal dictaminó que el proceso desconoció lo contenido en el artículo 154 de la Constitución Política.
La demanda, además, afirmaba que la la ley no regulaba la estructura política del ministerio, lo cual recayó en el desconocimiento de otras principios de la Constitución. Sin embrago, varias divisiones del Gobierno Nacional como el mismo MinCiencias, la Procuraduría y la Secretaría Jurídica de Presidencia habían solicitado que se mantuviese firme la consolidación del órgano.
La Corte ratificó su decisión al afirmar que la norma que permitió la creación de este Ministerio es inexequible, al igual que las que hacen parte del Plan Nacional de Desarrollo. El alto tribunal afirmó que estas normas son inconstitucionales y vulneraron el artículo 150 de la Constitución Política.
En dicho artículo establece que el Congreso de la República tiene la función de determinar la estructura de los organismos que componen la administración funcional, además de crear, suprimir y fusionar ministerios y departamentos administrativos.
Para la Corte, el fallo con relación a la creación del Ministerio de Ciencia se dio cuando se incumplió la ley 1951 de 2019, pues la regulación no podría darse por medio del Plan Nacional de Desarrollo, ya que esta normatividad no tiene el permiso para determinar la estructura de la administración pública.
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