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Se trata del artículo 210 de la ley 1753 de 2015 que había sido demandando por la existencia de supuestos vicios de forma en el Congreso.
No obtsante, la Corte estimó que no se vulneraron los principios de participación y deliberación democráticas ni el de planeación en sentido estricto.
Con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, la Corte dijo que "la inclusión del gas licuado de petróleo, GLP, como combustible para automotores y para otros usos, fue discutida en primer debate conjunto adelantado por las comisiones permanentes de Senado y Cámara, y sí tiene una relación directa con los temas en torno a los cuales se articula el Plan Nacional de Desarrollo".
Finalmente, la Corte desechó el cuarto cargo, pues la supuesta ausencia de estudios e investigaciones sobre la utilización vehicular y alternativa del GLP no vulnera el principio de planeación.
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