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La medida buscaba ordenara suspender la Licitación Pública Internacional para la Primera Línea del Metro de Bogotá
Con el objetivo de ordenar suspender la Licitación Pública Internacional para la Primera Línea del Metro de Bogotá (PLMB) y el contrato de consultoría (PMO); además de que, de mantenerse el cronograma, se suspendieran “los efectos de la adjudicación y del contrato hasta tanto se emita la sentencia en este asunto” el concejal y candidato a la alcaldía de Bogotá Hollman Felipe Morris Rincón presentó ante el Consejo de Estado una solicitud de medidas cautelares que finalmente fue rechazada.
De igual forma, el juzgado 32 administrativo del circuito de Bogotá rechazó la solicitud de medida cautelar solicitada por los representantes a la Cámara Inti Asprilla y David Ricardo Racero, a través de una acción popular. Presentadas con el mismo fin que la de Morris.
Morris, Asprilla y Racero argumentaban que los hallazgos realizados por la Contraloría Distrital de Bogotá, en su informe final de auditoría, afectaban el proceso de la Licitación Pública Internacional para la construcción y operación de la PLMB.
Sin embargo, el Juez 32 Administrativo consideró que tanto la licitación pública internacional GR-LPI-001-2018 como el contrato de PMO ya fueron adjudicados por lo cual “actualmente en inane el pronunciamiento en cuanto a las medidas cautelares”.
De igual forma señaló que en lo concerniente a la Contraloría Distrital “sería prematuro determinar en este preciso momento procesal que, con base en el informe de Auditoría de Regularidad N| 67, realizado por la Contraloría Distrital, la administración está poniendo en peligro o vulnerando los derechos colectivos invocados por el actor popular, máxime porque no se ha determinado fehacientemente que en virtud del aludido informe se hayan tomado decisiones por autoridades judiciales competentes que hayan determinado la responsabilidad penal, disciplinaria o fiscal de quienes integran las entidades o sociedades auditadas”.
Según explicaron las entidades, el Código Único garantiza la correcta identificación de los productos, incluso cuando se presentan modificaciones en el registro sanitario
Este cronograma aplica para impuestos nacionales y contempla tanto obligaciones formales como sustanciales, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 2229 de 2023
El proceso comercial se extenderá hasta la tercera semana de febrero de 2026, periodo en el que se espera concretar la firma de los contratos