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Así será el desembolso de los créditos para energía
ENERGÍA

Conpes aprueba que Gobierno tome deuda para proyectos de transición energética

lunes, 29 de julio de 2024

Así será el desembolso de los créditos para energía

Foto: Gráfico LR

El Gobierno buscará un crédito hasta por US$138,5 millones con organismos multilaterales, gobiernos, fondos y otras entidades de apoyo internacional

Cristian Moreno Garzón

El Consejo Nacional de Política Económica y Social, Conpes, emitió un documento donde entregó un concepto favorable para concretar un crédito por medio del cual se pueda desarrollar proyectos energéticos.

Esta garantía permitirá a la Financiera de Desarrollo Nacional, FDN, contratar un crédito público externo con el Banco Interamericano de Desarrollo, BID. El propósito es apoyar la descarbonización de la economía colombiana mediante el financiamiento de proyectos de Transición Energética Justa, TEJ y fortalecer las capacidades e instrumentos de la FDN para facilitar su acceso a los mercados de capital verde en un plazo de hasta cinco años.

El programa busca ayudar al país a implementar soluciones desde el sector energético para enfrentar el cambio climático. Se pretende apoyar la implementación de la agenda de contribuciones determinadas a nivel nacional, CDN, y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, ODS, del sector energético, mediante el financiamiento gestionado por la FDN para acelerar el desarrollo de proyectos de TEJ y contribuir a la mitigación del cambio climático, promoviendo así el desarrollo sostenible del país.

En el documento se describe el objetivo general como "apoyar a la descarbonización de la economía colombiana acelerando el financiamiento de proyectos de TEJ y fortaleciendo las capacidades e instrumentos de la FDN que contribuyan a su eventual acceso a los mercados temáticos de capital verde en un periodo de hasta cinco años".

La garantía se otorgará para una operación de crédito público externo que deberá cumplir con la normativa vigente, especialmente con el parágrafo 2 del artículo 41 de la Ley 80 de 1993, el Decreto 1068 de 2015 y sus modificaciones.

"El DNP realizará el seguimiento a la operación de crédito público externo con base en los informes trimestrales enviados por la entidad ejecutora al DNP de conformidad con lo previsto en el artículo 10º de la Ley 781 de 2002, el artículo 20 del Decreto 2189 de 2017, y teniendo en cuenta los lineamientos que para el efecto establece el Documento Conpes 3119 Estrategia de endeudamiento con la banca multilateral y bilateral, aprobado de 2001", dice el documento sobre la estrategia de seguimiento que se le haría a este crédito.

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