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Esto, debido a que la Reforma Tributaria introdujo el Impuesto Nacional al Consumo, cuyo hecho generador es la prestación, importación o venta al consumidor final de bienes o servicios, dentro de los que se encuentra el servicio de restaurantes, comidas, alimentos y bebidas o por el servicio de telefonía móvil, entre otros.
Este impuesto se cobra en todo el país (excepto en Amazonas, San Andrés y Providencia). Entre las recomendaciones está registrar el valor de la compra, incluyendo el monto del Impuesto Nacional al Consumo en el campo del valor de la compra. En el campo en donde se incluye el valor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), registrar cero (0). Lo anterior, con el objetivo de evitar que las entidades financieras realicen la retención a título de ventas, puesto que, en el caso del Impuesto Nacional al Consumo, no se genera dicha retención. Igualmente, registrar cero (0) en el valor base de devolución de IVA, toda vez que el Impuesto Nacional al Consumo no genera devolución de puntos de impuesto por pago con medios electrónicos.
El Senado aprobó la reforma laboral donde hay aspectos importantes como el cambio de la jornada nocturna, el recargo de los dominicales y festivos
El ingreso al banco representa la posibilidad de acceder a nuevas fuentes de financiación para proyectos de desarrollo en infraestructura y fuentes renovables
El jefe de la cartera también comentó que se han venido adelantando esfuerzos para la obtención de licencias ambientales