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El senador Galán, que fue quien impulsó el trámite del proyecto, que tuvo tres ajustes fundamentales en su paso por el Congreso, celebró el hecho ya que según él, quienes ganan son los pacientes. Además, expresó que la Ley 1787 de 2016 es un hito en el cambio de la política de drogas en el país.
El uso será permitido para aliviar el dolor de pacientes con enfermedades crónicas como epilepsia, esclerosis múltiple, diabetes, migraña o artritis y también para pacientes con enfermedades terminales.
Siendo así, personas jurídicas o naturales podrán producir, adquirir, importar o exportar, almacenar, transportar, comercializar, usar y tener en posesión semillas de la planta de cannabis, sus derivados y los productos que lo contengan, con fines medicinales y científicos, señala el documento.
Ahora, falta que los ministerios de Justicia, Salud y Agricultura realicen la reglamentación necesaria para otorgar licencias y comercializar productos. A su vez estas Entidades serán las encargadas de hacer un seguimiento a los establecimientos que decidan entrar al negocio.
Según Galán, Colombia es entonces el cuarto país latinoamericano, después de Chile, Uruguay y Puerto Rico en aprobar este uso de la planta.
Las licencias autorizadas
Hace seis meses el Ministerio de Salud ya había expedido el Decreto 2467 que despenalizaba el uso de la marihuana medicinal y había avanzado en la reglamentación para que las empresas que quisieran entrar en la producción y comercialización de la planta lo hicieran.
Siendo así, ayer también se conoció que la firma Labfarve-Ecomedics obtuvo la licencia para producción de cannabis medicinal. Con esta firma, ya son tres las empresas que podrán comenzar operaciones de adecuación de sus plantas y pruebas piloto. La primera que consiguió la licencia fue PharmaCielo y la segunda Cannalivio, que ya inició las adecuaciones en Barichara (Santander).
Labfarve-Ecomedics es la primera empresa colombiana en obtener la licencia y viene trabajando en la preparación de farmacéuticos a base de plantas medicinales desde 1984.
Las otras licencias y requerimientos
EL Decreto 2467 estableció que las empresas necesitaban la expedición de cuatro licencias. La primera es para la posesión de semillas para la siembra de plantas de cannabis; otra es para su cultivo; una más para su producción y fabricación, y la cuarta para la exportación de sus derivados. Siendo así, las empresas avanzan en lo que les es permitido con las primeras licencias y falta aún las reglas para la venta. Según explicaban las empresas el Invima está próximo a sacar esta reglamentación.
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