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ECONOMÍA

Así será el calendario tributario para Bogotá durante 2016

miércoles, 6 de enero de 2016
Foto: Secretaría de Hacienda
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Carlos Rodríguez Salcedo

El último plazo sin descuento será el primero de julio, pues después de esa fecha se generarán sanciones. En el caso de los impuestos para los vehículos y motos, que se encuentren matriculados en la ciudad, el pago con 10% de descuento será hasta el 13 de mayo. El plazo sin descuento irá hasta el 22 de julio y después habrá sanciones.

Para el gravamen de Industria y Comercio (ICA), para el caso del régimen simplificado, el año gravable 2015 tendrá vencimiento el 19 de febrero de este año, mientras que para el año gravable 2016 la fecha será el 19 de febrero de 2017.

Para el caso del régimen común, los pagos bimestrales quedaron determinados de esta manera: para noviembre y diciembre de 2015 el vencimiento será el 19 de enero; y en enero y febrero, la fecha máxima será el 18 de marzo. 

En el caso de marzo y abril, el vencimiento será el 19 de mayo;  mayo y junio, la fecha límite será el 19 de julio; julio y agosto tendrá vencimiento el 19 de septiembre; mientras que para septiembre y octubre será el 18 de noviembre. Por último, para noviembre y diciembre será el 19 de enero de 2017.

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