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la nueva reglamentación de la Aeronáutica Civil número 0014 deja volar con documentos expedidos por entidades estatales
En anteriores ocasiones si se quería viajar a nivel nacional y la persona por motivo de robo o perdida no contaba con su cédula, debía presentar el denuncio para poder abordar; ahora con la decisión número 0014 de la Aeronáutica Civil se podrá viajar con otros documentos oficiales que permitan verificar su identidad.
Entre los documentos que se pueden presentar se cuentan la licencia de conducción, tarjeta profesional, libreta militar, entre otros. Sin embargo, tales documentos deben estar completamente actualizados y en vigencia de tal forma que las autoridades aeroportuarias puedan verificar su veracidad y la información del portador.
Uno de los puntos claves que deben tener estos documentos suplentes son nombre, apellido, número de documento de identidad y fotografía del titular.
En el caso de ciudadanos extranjeros la medida podrá aplicar si existe un tratado bilateral o multilateral entre Colombia y el país del extranjero que le permita viajar presentando pasaporte u otros documentos.
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