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CONSUMO

El yugo de pagar con el ‘gota a gota’

martes, 26 de marzo de 2013
La República Más

Cuando Lucrecia Gómez compró su televisor Sony 3D de 40 pulgadas, con un crédito de 12 cuotas, no calculó que terminaría pagando casi el doble de lo que le costaba de contado. Y es que Gómez debe abonar cada mes más de $230.000, casi la mitad del salario mínimo que se gana como costurera, a Electrojaponesa, una compañía caleña dedicada a la venta de electrodomésticos y muebles para el hogar.

Sin embargo, el valor de este televisor no se reduce a los $2’781.600 equivalentes a la multiplicación del número de cuotas por el precio de cada una de ellas. Gómez tuvo que pagar además una cuota inicial de $216.000, lo que significa que el valor total del producto es de $2’997.600.De contado, el mismo televisor tiene un valor de $1’799.000, $1’198.000 menos de lo que pagará Gómez. Es decir, por financiar su televisor a 12 meses terminará cancelando un 66,5% más de su precio inicial. Más del doble de la tasa de usura anual permitida.

Los altos valores remanentes de los créditos de empresas que financian esta clase de productos se repiten en varias ciudades del país. Codensa, firma que presta servicios de transmisión eléctrica en la capital, tiene una calculadora de cuotas que arroja que por un televisor de $2’000.000 sacado a 24 meses, se debe pagar $623.277 más. En Almacenes Flamingo, en Medellín, un televisor Sony Led de 40 pulgadas tiene un precio de $2’136.000, pagado en 12 cuotas de $178.000.

Jairo Rubio, ex superintendente de Industria y Comercio, afirmó que la compra de bienes a través de esta forma de financiamiento se encuentra regulada por el artículo 45 de la Ley 1480 de 2011. En este se señala que “se considera usura recibir o cobrar, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios mediante sistemas de financiación o a plazos, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del interés bancario corriente que para el periodo correspondiente estén cobrando los bancos, según certificación de la Superintendencia Financiera, cualquiera sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disimularla”.

Esto significa que la tasa de interés que se aplica en la financiación de estos productos no puede ser mayor a 31,13%, que es la tasa de usura establecida para este mes de marzo, equivalente al 2,2822% por mes vencido.

Alfredo Barragán, analista financiero, afirmó que aunque la tasa de usura no puede exceder 31,13%, muchas de esta clase de compañías tienen cobros extras por los estudios de riesgo que le hacen al cliente. Barragán agregó que, en ese caso, es el consumidor quien debe cerciorarse de cuáles son los cobros adicionales para que consideren lo que pagarán frente al valor de contado de un producto determinado.

Daniel Niño, experto del sector, explicó que los consumidores de esta clase de financiación son personas de estratos bajos que no tienen acceso al sistema financiero debido a que no devengan altos ingresos y no tienen un historial crediticio ni de pagos.

Por esta razón, para las compañías de financiamiento resulta más riesgoso el préstamo y, por tanto, las cuotas deben ser más altas. Niño agregó que en el país existe una red de empresas no reguladas que cobran más de lo que deben, aprovechando dicha falta de historial y los pocos requisitos para solicitar la financiación de un producto.

Gonzalo Palau, profesor de economía de la Universidad del Rosario afirmó que si bien estos créditos tienen cuotas altas en relación con los niveles de ingresos de consumidores de estratos uno, dos y tres, “no se puede negar la posibilidad a este nicho de la población, de acceder a un bienestar a través de la adquisición de bienes como artículos de tecnología y muebles para el hogar”.

El académico señaló que en algunas ocasiones, las razones de los altos valores en las cuotas de créditos de consumo son los altos riesgos que las empresas tienen que asumir a la hora de vender a consumidores que tienen una probabilidad menor de pago.

Palau agregó que cada persona decide si se quiere endeudar y a qué nivel, pues estas empresas informan de cuánto son las cuotas antes de que el cliente firme su contrato.

En cuanto a las cuotas que le cobran a Lucrecia Gómez, estas corresponden a más del 2,28% mensual, pues según el simulador financiero de Pymes Futuro las cuotas periódicas a pagar serían de $173.000.

Este no es el único problema, pues si el cobro adicional de una cuota inicial es utilizado para un análisis financiero y un estudio de crédito, este tuvo que haber arrojado que Gómez se vería obligada a destinar más del 40% de su sueldo al pago. Por casos como este, los expertos afirman que dentro de la Ley debería establecerse la prohibición de un cobro que alcance este porcentaje.

Sin embargo, no solo existe una diferencia entre los precios de los intereses en las compañías, sino que también que en los plazos para el pago de las cuotas hay un gran abanico de posibilidades. Mientras Electrojaponesa ofrece créditos desde 7 hasta 48 meses, Almacenes Flamingo ofrece financiamiento desde 19 cuotas semanales y hasta 36 meses.

Empresas como Muebles Jamar, Almacenes Flamingo y Electrojaponesa tienen, además de las cuotas periódicas, un pago de una cuota inicial para determinados productos, que no siempre corresponde al mismo valor de las cuotas mensuales. La pregunta es si dicha cuota inicial hace parte del crédito o se cobra como una suma adicional “disfrazada” dentro del contrato.

Para Barragán, esta cuota inicial podría representar el valor del estudio de pago que hacen las empresas de los consumidores, mientras que para Niño estas corresponderían al valor por el mayor riesgo de fiar los productos a los clientes de los estratos más bajos.

Así las cosas, Lucrecia Gómez continuará pagando las cuotas del televisor de 40 pulgadasque ocupa un gran altar en su pequeña casa . A pesar de lo apretada que está su billetera, la mujer afirmó que espera, tras finalizar de pagar su crédito, comprar un equipo de sonido para completar el “jomtiter” y ahorrarse así la entrada al cine.

Daniel Niño Analista financiero “Para las firmas de financiamiento resulta más riesgoso el préstamo cuando los clientes no tienen historia crediticia y, por tanto, las cuotas deben ser más altas”.

Las opiniones
Jairo Rubio
Ex superintendente de Industria y Comercio

“La compra de bienes a través de esta forma de financiamiento, concréditos al consumo, se encuentra regulada por el artículo 45 de la Ley 1480 de 2011 ”.

Gonzalo Palau
Profesor de economía Universidad del Rosario

“No se puede negar la posibilidad a este nicho de la población, de acceder a un bienestar a través de la adquisición de bienes como artículos de tecnología”.

Alfredo Barragán
Analista de banca

“Muchas de estas compañías tienen cobros extras por los estudios de riesgo que le hacen al cliente, teniendo en cuenta que su nicho es de estratos bajos ”.

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