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El pago por sesión de juntas (II)

miércoles, 22 de marzo de 2017

La Superintendencia de Sociedades ha regulado que una persona puede pertenecer máximo a cinco juntas directivas, quiere decir eso que debe atender a más de una junta semanalmente, labor dispendiosa para un alto gerente de una compañía. Con el caso de Reficar, donde los miembros de junta deberán responder, se hace necesario reducir el número de juntas por persona para exigir más responsabilidad en las decisiones.