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Analistas 30/01/2018

La reforma tributaria de Trump

Sergio Clavijo
Prof. de la Universidad de los Andes

Los indicadores de educación no verán reflejados los esfuerzos del mejoramiento si no enfrentan la inequidad

Tras un atropellado tránsito en el Congreso, la Administración Trump se anotó su primer (y tal vez único) triunfo legislativo, mediante la aprobación de su reforma tributaria (el llamado “Tax Cuts and Jobs Act-TCJA”) a finales de 2017. Su objetivo central es impulsar fiscalmente la economía de Estados Unidos mediante rebajas-impositivas, tanto a hogares como a firmas.

Dicho impulso provendría del mayor consumo de los hogares y de la inversión corporativa, incluyendo el sector de infraestructura, donde la novedad provendría de la repatriación de capitales gracias al pago de tasas preferenciales de solo 8% o 15% (vs. la antigua tasa de 35%).

Si bien existía relativo consenso entre Republicanos y Demócratas sobre las bondades de atraer dichos capitales, cabe preguntarse sobre la prudencia fiscal de estarse implementando una política contracíclica en este momento. En efecto, Estados Unidos ya está creciendo cerca de su potencial de 2,5% y tienen “más que pleno empleo” a tasas del 4,1% (ver gráfico adjunto). Además, dicha reforma deteriora su posición fiscal en momentos en que la relación Deuda pública/PIB de los Estados Unidos bordea el 110%.

Sin lugar a dudas, este impulso fiscal hará más difícil la tarea de retracción de la liquidez por parte de la FED y el logro de un “aterrizaje suave” de la reconocida burbuja bursátil que allí se tiene. El alza de la tasa repo del actual 1,5% hacia el 2,5% a lo largo del 2018 podría resultar insuficiente para lograr esos múltiples objetivos de evitar inflación-salarial y moderación en los movimientos de sus mercados financieros. La volatilidad que experimentan los mercados de renta fija y la incertidumbre sobre el empinamiento de sus curvas tiene a los mercados “... al borde de un ataque de nervios”.

Impactos sobre las empresas
Luce favorable la mayor competitividad que se deriva de la reducción del Imporrenta-empresarial del 35% al 21% (vs. el 25% de la Ocde, aunque muchas firmas ya rondaban esos niveles de tributación-efectiva vía contabilidades-offshore y deducciones). También luce apropiado el viraje hacia la tributación territorial (vs. el anterior esquema de gravar las utilidades globales) y los cargos del 8%-15% para la repatriación de utilidades. Se estima que el monto de esas repatriaciones de utilidades bordearía los US$2 trillones (norteamericanos) con los esperados efectos antes comentados. No obstante, es importante tener en mente que estos podrían diluirse por cuenta de las mayores recompras de acciones y/o del pago de mayores dividendos, tal como había ocurrido bajo Bush-hijo en 2003.

Impacto sobre los hogares
Si bien a primera vista las reducciones en tasas marginales de tributación se concentran en los estratos altos (-4pps en promedio) vs. estratos bajos-medios (-2pps), el efecto final sobre la tributación-efectiva dependerá de la interacción de dichos factores.

Por ejemplo, todos los contribuyentes se beneficiarán del incremento en la llamada deducción-estándar hacia los US$24.000 / pareja (vs. US$12.700 anteriormente). Sin embargo, el TCJA incrementa la tributación de algunos hogares de ingresos elevados mediante límites en deducciones referentes a: i) techos de US$10.000 en deducción por pagos de impuestos-territoriales (vs. deducción total anteriormente), perjudicando a residentes de Estados con alta tributación (tipo California, Nueva-York, Massachussets); y ii) reducción en deducciones por intereses hipotecarios hacia niveles de US$750.000 (vs. US$1 millón previo a la reforma).

Por el contrario, individuos de ingresos elevados (US$1 millón), sin dependientes, pero con residencias en Estados de alta tributación (California o Nueva-York), enfrentaran incrementos en su tasa efectiva hacia el 27,2% (+0,4% vs. 26,8% anterior), dadas las menores deducciones en impuestos-territoriales. Nótese cómo dichas tasas de tributación superarían niveles de 30% para los quintiles de mayores ingresos, aún antes de contabilizar el 5,6% de contribuciones a seguridad social-salud.

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