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Analistas 15/09/2015

La era digital y la evasión fiscal

Santiago Castro Gómez
Expresidente de Asobancaria
La República Más
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Los avances en materia tecnológica y el desarrollo del ciberespacio han representado grandes oportunidades para la consecución de beneficios económicos y sociales. La distancia ya no es una barrera para acceder a bienes y servicios que ahora fácilmente pueden demandarse a través de plataformas virtuales y de allí que el mundo empresarial haya encontrado en esta nueva realidad una valiosa herramienta para promover su crecimiento.

Sin embargo, la innovación tecnológica también ha traído consigo importantes retos para el sector bancario y para el mismo Gobierno, especialmente en lo concerniente a la administración tributaria. En los últimos años se ha hecho más apremiante la búsqueda de mecanismos que permitan optimizar el recaudo tributario sin desincentivar la inversión, aún más en un contexto en el que las definiciones de fuente y residencia fiscal, necesarias para la caracterización de los ingresos en materia tributaria, se diluyen ante la ambigüedad para determinar con exactitud el espacio, lugar o territorio físico donde se debe declarar un ingreso o renta.

En este sentido, un gran número de países han adoptado múltiples tratados para evitar la doble imposición y disminuir sus costos fiscales con el fin de atraer inversión extranjera directa. Sin embargo, esto también ha inducido la estructuración de negocios que buscan reducir al máximo los impactos impositivos, dando lugar, en algunos casos, a la doble exención, lo que implica que algunas actividades puedan quedar sin gravar (o serlo de manera insuficiente). En virtud de este nuevo panorama y en línea con la lucha trasfronteriza contra la evasión, los gobiernos han puesto en marcha programas para facilitar el intercambio automático de información tributaria. 

En este escenario, la Ocde publicó la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Impositiva, conocida como la “Convención de Estrasburgo”, que incluye el intercambio automático de información para identificar posibles evasores. Así mismo, en el año 2002 este organismo multilateral publicó un modelo de Tratado de Intercambio de Información Tributaria (Tiea, por las siglas en inglés), con el propósito de unificar los términos que deben regir este tipo de cooperaciones.

Pese a que la aparición global de instrumentos coactivos quedó en firme cuando Estados Unidos aprobó, en 2010, la Ley sobre cumplimiento Fiscal Relativo a Cuentas en el Extranjero (Fatca), Colombia adoptó esta medida tan sólo en mayo de 2015 mediante la firma del Acuerdo Intergubernamental (IGA). Adicionalmente, y en línea con la Ley Fatca, el G20 adoptó el Common Reporting Standard (CRS) con el fin de permitir a los Estados comprometerse con otros países a prestar asistencia administrativa mutua en asuntos fiscales, intercambio automático de información, auditorías fiscales y asistencia en los cobros.

Si bien Colombia no ha sido ajena a esta responsabilidad y sigue avanzando hacia la consolidación de las mejores prácticas a nivel global, no sólo existe el compromiso a participar en el intercambio automático de información tributaria, sino a ser parte de los adoptantes tempranos de las recomendaciones expedidas por la Ocde.  Vale la pena resaltar que el CRS fue ratificado por el país mediante la Ley 1661 de 2013 y que el sistema financiero se identifica como el eje fundamental para la materialización de esta importante estrategia. 

La Dian, de forma acertada, ha señalado que planea dar a conocer, a través de una resolución regulatoria, las fechas y los parámetros que deben seguir las entidades para dar cumplimiento a las obligaciones impuestas por el CRS. Sin embargo, resulta fundamental que formule cuanto antes el cronograma estipulado por los acuerdos internacionales con el fin de gestionar de manera oportuna los ajustes operativos y la búsqueda de la información requerida. 

Frente a este reto, la banca colombiana reitera una vez más su compromiso y disposición para seguir, con disciplina y prontitud, los requerimientos que faciliten la lucha contra la evasión y que procuren por una mejor administración tributaria.

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