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Analistas 24/01/2016

Se necesita una ley de crowdfunding

Rodrigo Niño
CEO de Prodigy Network
Analista LR
La República Más
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“La economía mundial está rara”, es la lánguida respuesta de los expertos cuando los inversionistas piden explicaciones por los bajos retornos y la altísima volatilidad en sus portafolios. El único consenso que parece haber es que no hay rentabilidad, pero sí mucha incertidumbre. 

 Un ejemplo hipotético; si Pedro tiene un patrimonio de US$1 billón, Pablo de US$1 millón y María de US$1.000 y cada uno invierte US$1, se esperaría que tuviesen el mismo retorno por la inversión de ese mismo dólar. En la realidad, Pedro recibe retornos superiores a 22 centavos anuales por su dólar; Pablo, 8 centavos al año; y María, tan solo 2 centavos. Esto pasa porque el valor de cada dólar, depende de la cantidad de riqueza previa de cada individuo. Pedro tiene acceso a oportunidades que requieren mucho capital y que tienen buena rentabilidad. Pablo y María, a su vez, pueden invertir en lo que su bolsillo les permite obteniendo retornos mucho más bajos.

Esta es una de las causas fundamentales de la concentración de la riqueza y la consecuente falta de rentabilidad para los inversionistas pequeños y medianos. 

En Estados Unidos, por primera vez desde 1933, gracias a la evolución en la tecnología en redes sociales y a la nueva ley del JOBS Act, es posible agrupar a muchos inversionistas pequeños y medianos, de modo que accedan a las inversiones que solo podían hacer los más ricos anteriormente. Así, Pedro, Pablo y María, recibirían 22 centavos cada uno por su dólar invertido. 

Este es otro ejemplo del potencial impacto del crowdfunding: un emprendedor, experto en plantas de generación eléctrica, invierte US$600.000 en el diseño, permisos y planos para el desarrollo de una planta de biomasa, la cual permite generar energía a partir de desechos, reemplazando así materias nocivas para el medio ambiente, como el petróleo. El emprendedor, quien no tiene cómo financiar el proyecto completo, le vende su idea a un banco de inversión por un valor aproximado de US$2 millones. El banco de inversión construye la planta consiguiendo un contratista y haciendo una inversión de aproximadamente US$60 millones. Una vez terminada la construcción, en 18 meses, se vende la planta a un distribuidor de energía por US$120 millones. El distribuidor provee energía a una ciudad intermedia con 500.000 habitantes.

La ecuación en el mundo capitalista resulta en que el banco de inversión gana US$60 millones de dólares; el emprendedor US$2 millones y los 500.000 pobladores de la ciudad, pese a ser los consumidores del servicio y esenciales en la ecuación, no ganan nada. El banco concentra la ganancia por el solo hecho de haber tenido el capital, dejando con retorno bajo al emprendedor e inexistente al consumidor. Concentración de riqueza. 

Con crowdfunding, el emprendedor invita a los 500.000 habitantes de la ciudad a invertir los US$60 millones requeridos para desarrollar la planta, a cambio de la mitad de la ganancia, o sea US$30 millones. Él se queda con US$15 millones y la plataforma de crowdfunding se queda con los otros US$15 millones. Distribución de riqueza.

La población pasa de cero a ganar US$30 millones, el emprendedor de US$2 millones a US$15 millones y el banco de inversión se reemplaza por una ganancia de US$15 millones destinada a la plataforma de crowdfunding. 

Esta tecnología se puede aplicar prácticamente en todo: infraestructura, finca raíz, farmacéutica, etc. Colombia necesita una ley de crowdfunding. Y la necesita urgentemente.

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