.
Analistas 30/06/2023

Mujeres, pensión y trabajo

Mauricio Olivera
Vicerrector Administrativo y Financiero UniAndes

La Corte Constitucional aplicó el enfoque de género al sistema pensional. Para la Corte, la diferencia en la edad pensional -57 para mujeres y 62 para hombres- es insuficiente para cerrar las brechas de género que tienen las mujeres para acceder a una pensión, en la medida en que exige la misma densidad de cotización, 1.300 semanas, en menos tiempo. Decidió que esta densidad se reducirá paulatinamente hasta llegar a las 1.000 semanas. La medida empezará a aplicar desde el 1 de enero de 2026, momento en el cual se reducirán 50 semanas, y de ahí en adelante se reducirán 25 semanas cada año hasta llegar a las 1.000 semanas en 2036.

La Corte entiende que esta decisión genera una presión financiera adicional al sistema, y, basándose en el principio de sostenibilidad financiera del sistema pensional, definió el plazo y la reducción paulatina, y exhortó al Congreso y al Ejecutivo para que adopten políticas que contribuyan a cerrar la brecha en la equidad de género.

Sin embargo, el mensaje más importante de la Corte se relaciona con las causas de la brecha de género. La Corte identifica, de manera acertada, que nace en el mercado laboral. Afirma en su comunicado que “factores como la informalidad, la discriminación en el ámbito laboral y la invisibilidad del trabajo no remunerado en la economía del cuidado, que mayoritariamente es ejercido por las mujeres, ocasionan una deficiencia estructural que impide realizar adecuadas condiciones de justicia material para aquellas”. Aunque se pueden hacer esfuerzos en la reforma pensional para cerrar la brecha, el origen es el mercado laboral, y el objetivo de cierre de brecha debería estar en la reforma laboral.

La propuesta de reforma incluye varios artículos con enfoque de género. Por un lado, la cotización por semanas permite que para los trabajadores vinculados por períodos inferiores a un mes la cotización se realice de acuerdo con el número de días laborados sobre un salario mínimo diario, de la siguiente manera: si trabaja entre 1 y 7 días, se cotizará una semana, si trabaja entre 8 y 14 días, dos semanas, y así sucesivamente. Esta medida puede tener efectos con enfoque de género. De acuerdo con cifras del Dane, en 2022 se ocuparon 604.000 mujeres en servicios domésticos. Muchas trabajan por días con diferentes empleadores. Es de anotar que la posibilidad de cotizar por semanas ya existía hace 10 años, en el decreto 2616 de 2013. Por otro, como reconocimiento al trabajo no remunerado, las mujeres que lleguen a la edad, pero no cuenten con las 1.300 semanas, se les reconocerá en el régimen que administra Colpensiones 50 semanas por cada hijo nacido hasta llegar a 1.150 semanas. Es decir, por un máximo de tres hijos. Adicionalmente, en el primer debate en la Comisión Séptima del Senado se definió una transición diferencial con la cual mientras para permanecer en el régimen actual los hombres deben haber cotizado 900 semanas o más, las mujeres deben haber cotizado 750 semanas. Es decir, alrededor de tres años menos.

Estos cambios generan costos. Por brechas en el mercado laboral el sistema pensional debe tomar decisiones que generan presiones financieras. Si el origen de las brechas es laboral, es importante revisar la legislación laboral con enfoque de género e incluir este enfoque en la reforma laboral.

Conozca los beneficios exclusivos para
nuestros suscriptores

ACCEDA YA SUSCRÍBASE YA