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La separación de poderes es una de las bases de la democracia, pero en Colombia, cuando el Estado no logra garantizar derechos fundamentales de manera generalizada y prolongada, la Corte Constitucional puede intervenir declarando un Estado de Cosas Inconstitucionales (ECI). Esta figura fue creada en 1997 y se declara cuando hay una vulneración masiva de derechos, la respuesta estatal es ineficaz, y el problema es estructural, es decir, no depende de una sola entidad, sino de fallas sistémicas en el funcionamiento del Estado. La Corte no solo señala la crisis, sino que emite órdenes para su solución y realiza seguimiento a su cumplimiento.
Hasta la fecha, la Corte ha declarado 11 estados de cosas inconstitucionales, abarcando problemáticas como el desplazamiento forzado (Sentencia T-025 de 2004), la crisis carcelaria (T-153 de 1998 y T-388 de 2013), la educación de la población con discapacidad (T-002 de 2020), y la deficiente administración de Colpensiones (SU-1073 de 2012). En el sector salud, la Corte estuvo cerca de declarar un ECI con la Sentencia T-760 de 2008, pero decidió no hacerlo, argumentando que eso habría dado demasiado tiempo al Gobierno para resolver el problema, en lugar de establecer soluciones inmediatas y concretas.
El caso de Colpensiones es un ejemplo exitoso de un ECI. Se declaró en 2012 debido a la incapacidad del Instituto de Seguros Sociales, ISS, de responder a los trámites de pensión de manera oportuna, lo que afectaba a miles de personas. La Corte ordenó la reestructuración del sistema de administración pensional, lo que llevó a la creación de Colpensiones como entidad estatal en reemplazo del ISS. Con un plan de acción y seguimiento continuo, en 2018 la Corte declaró superado el ECI al evidenciar que la nueva entidad había reducido significativamente los tiempos de respuesta y mejorado la eficiencia en la gestión de pensiones.
Pero no todos los ECIs han tenido la misma suerte. Mientras que en el caso de Colpensiones hubo voluntad política, diseño y coordinación institucional claros y medidas concretas de mejora, otros, como el desplazamiento forzado y la crisis carcelaria, siguen vigentes. La razón principal es que algunos problemas requieren cambios estructurales profundos y sostenibles, con inversiones a largo plazo y una acción coordinada de múltiples entidades. A esto se suma la necesidad de un seguimiento riguroso por parte de la Corte Constitucional, pues, sin una vigilancia constante, las órdenes judiciales pueden quedarse en el papel.
El sector salud hoy enfrenta un problema estructural, en gran parte por temas financieros. Un paso importante fue el Auto 007 de 2025 de la Corte Constitucional, que ordena al Gobierno revisar el valor de la Unidad de Pago por Capitación, UPC. Sin embargo, la Procuraduría General de la Nación ha insistido en que las órdenes de la Corte en salud no han sido cumplidas y que la crisis persiste. Declarar un Estado de Cosas Inconstitucionales en salud permitiría a la Corte asumir un rol de vigilancia más fuerte, obligando al Ejecutivo a acatar sus órdenes con mayor rigurosidad. Eventualmente, con el mayor juez constitucional del país supervisando, es más probable que el Gobierno acate las órdenes. La salud no puede seguir esperando.