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Un día como hoy de la próxima semana, mientras la mayoría de los colombianos de manera desentendida adelanten sus diarias tareas, la Corte Constitucional decidirá la suerte del decreto que declaró el estado de emergencia en La Guajira. La Corte tiene en sus manos la decisión jurídica más importante y transcendental que tendrá durante el mandato del Gobierno del cambio.
La decisión marcará el punto de inflexión de la institucionalidad y determinará el camino que seguirá el Gobierno nacional para adelantar sus reformas. En caso de que la Corte decida declarar exequible el decreto, se abrirá la posibilidad de seguir declarando emergencias, por regiones o temas puntuales, para legislar sin pasar por el engorroso trámite legislativo del Congreso.
Sería como abrir una puerta trasera, por la que se podrán meter a la “casa institucional” un sin número de reformas, sin el debido proceso político y jurídico que las justifiquen y validen. La Corte puede declarar la inexequibilidad a rajatabla o una exequibilidad condicionada. Lo cierto es que la inexequibilidad del decreto es evidente. Claro que La Guajira tiene muchos problemas y sus habitantes muchas necesidades, pero estas no son sobrevinientes, tanto así que la misma Corte declaró la existencia de un estado de las cosas inconstitucional en el departamento, y tampoco las medidas ordinarias son insuficientes, simplemente el Gobierno quiere arrogarse facultades para hacer y deshacer en La Guajira en los sectores de salud, agua y saneamiento básico, agropecuario y rural, ambiente, educación, energía, transporte, tributos e inversiones, inclusión, tecnologías de la información y de las telecomunicaciones y medidas presupuestales, planeación y contratación.
Tampoco es razonable y adecuado decir que un fenómeno climático como el del niño, que es previsible y predecible, pueda agravar los problemas de La Guajira de forma rápida e inusitada y que por ello ocurra de manera inopinada y anormal. Dice el decreto en su justificación que los mecanismos disponibles son en su mayoría de orden administrativo, los cuales, por lo tanto, “no permiten enfrentar, con celeridad e inmediatez, una crisis de las dimensiones que viene afectando al departamento de La Guajira”. Con esa tesis, se podrían justificar cientos de emergencias en todo el país para cambiar la legislación por parte del ejecutivo, sin que la institucional democrática intervenga.
La otra opción de la Corte es decretar la exequibilidad condicionada, permitiendo la emergencia, pero estableciendo un marco muy estricto en cuanto al alcance de los decretos legislativos. Si este fuere el caso, la Corte puede equivocarse, pues es casi igual que tratar de amaestrar o amansar a un tigre poniéndole límites. Dada la situación, estamos ante la tragedia mitológica de Pandora, a quien le fue regalada por Zeus en su boda una caja muy hermosa, con la instrucción específica de no abrirla.
No obstante, Pandora, que era extremadamente curiosa, decidió abrirla y de ella escaparon todos los males del mundo. Pues bien, la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Fajardo, Reyes, Linares, Lizarazo, Pardo, Ibáñez, Meneses, Ángel y Cortés, definirá nuestro rumbo institucional.
Confiemos en una sabia decisión de inexequibilidad, pues si deciden abrir la caja con una exequibilidad condicionada, solo nos quedará el espíritu de la esperanza como a Pandora.